Importaciones: ¿se vienen nuevos impuestos tras las adecuaciones dispuestas por el Mercosur?

Esta semana se publicó el decreto que aplica cambios al listado de la Nomenclatura Común del Mercosur. ¿Qué es lo que se estableció y por qué se habla de nuevos impuestos a importaciones?

Jujuy al día ® – Algunas voces que siguen de cerca la dinámica del comercio exterior indicaron en las últimas horas que el Gobierno aplicará un aumento de los derechos de importación en en varias posiciones arancelarias. Hay quienes dicen que la medida se implementará la semana que viene. ¿Esto es así? ¿Qué es lo que realmente sucede?

Lo cierto es que esta semana se publicó en el Boletín Oficial el Decreto 557, que incorpora al ordenamiento jurídico nacional la totalidad de las resoluciones del Grupo del Mercosur que se emitieron en el último tiempo, a fin de cumplir con las obligaciones acordadas en el ámbito regional, y se adecuan los listados de posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común de ese mercado regional (NCM).

Asimismo, esta adecuación establece niveles diferenciales del Reintegro a la Exportación (RE) en línea con lo que se dispuso en la VII Enmienda del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías del bloque.

De qué se tratan las novedades

Pero, un elemento que vale la pena explicar es qué es la séptima enmienda. Tal como explica a Ámbito el ex secretario de Importaciones de la Nación, Esteban Marzorati, “las enmiendas refieren a los acuerdos que realizan de todos los comités técnicos del Mercosur respecto de las modificaciones que se deben realizar al nomenclador del bloque comercial”. Es decir que se realizan las adecuaciones necesarias al lista de mercaderías que tienen tratamiento especial dentro del comercio entre los países del Mercosur.

Una vez que todos los comités técnicos elevan al Mercosur la decisión, los países están obligados a internalizar las enmiendas necesarias y eso es lo que hizo la Argentina a través del mencionado decreto. “La enmienda refleja los cambios que se dieron en la producción de bienes a lo largo del último tiempo. A medida que se complejiza la producción, lo que se hace es volver cada vez más específica la nomenclatura arancelaria”, dice al respecto Federico Vaccarezza, economista experto en comercio exterior.

Así, lo que se aprobó es un nuevo listado, lo que implica que, efectivamente, algunos productos comenzarán a pagar más impuestos que antes por que se redefinen algunas posiciones. Se da, así, toda una adaptación del sistema de comercio exterior dentro del Mercosur, ya que se realizan algunas modificaciones arancelarias.

Los países del Mercosur tienen un régimen tributario especial para el comercio regional. 

Los países del Mercosur tienen un régimen tributario especial para el comercio regional.

Eso, por un lado, sin embargo, por otra partes, Marzorati explica que una de las cosas que podrían pasar es que, dada esta actualización, en el actual contexto complejo para la acumulación de dólares en el Banco Central (BCRA), en el que la administración de importaciones y exportaciones es clave y se requiere un ajuste en materia fiscal, Argentina introduzca algunos cambios por fuera del listado dispuesto en la VII Enmienda del Mercosur.

“Hay que ver cuáles serán las listas finales de las modificaciones. Ya están hechas las de la enmienda y falta conocer si se hacen algunas por fuera de esta, aprovechando este cambio que viene del Mercosur”, dice Marzorati. Esto es posible dado que Argentina tiene la licencia de elevar las alícuotas aplicables en concepto de Derecho de Importación Extrazona (DIE) por encima del Arancel Externo Común (AEC) y hasta el arancel máximo consolidado ante la Organización Mundial del Comercio (OMC) para algunos productos.

Y es que mediante la Decisión Nº 11/2021 del Consejo del Mercosur se prorrogó la autorización conferida a nuestro país para mantener una Lista Nacional de Excepciones al Arancel Externo Común de hasta 100 productos, hasta el 31 de diciembre de 2028.

Asimismo, por medio de la Decisión Nº 8/2021 se autorizó a la Argentina, hasta el 31 de diciembre de 2028 a establecer una alícuota distinta al Arancel Externo Común (A.E.C.) -incluso del 0%- para las importaciones de bienes considerados en el ámbito regional como Bienes de Capital (BK) y de Informática y Telecomunicaciones (BIT).

Recientemente, el ministro de Economía, Sergio Massa, anticipó, en el marco del proceso de la licitación de frecuencias para dar servicios de tecnología 5G para telefonía móvil, que contemplaba la posibilidad de beneficiar a las operadoras que obtuvieron las licencias con beneficios tributarios en la importación de material para el desarrollo de esos servicios, por lo que probable que, en breve, haya novedades en ese sentido.

En unos días, seguramente, se conocerán las definiciones finales y cómo quedan los listados luego de estas adecuaciones y las distintas posiciones y cargos tributarios que corresponderán a cada producto y rubro hacia adelante.

Pilar Wolffelt

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