Juicio contravencional: condenan a 4 personas por las manifestaciones contra el cierre de los CEIJA

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Jujuy al día® – En la mañana de hoy, en el Juzgado Contravencional, se llevó a cabo la última audiencia del juicio contra 4 personas que en marzo del año pasado manifestaron frente a Casa de Gobierno en contra del cierre de los CEIJA.

El hecho se dio en el marco de 3 días de carpeada y acampe que llevaron a cabo en la explanada de calle San Martin que culminó con un desalojo que habría sido ordenado por la justicia el 29 de marzo. Antes de esta medida se había intimado reiteradas veces a los manifestantes para que se retiren.

En la sala se escucharon los alegatos de las partes desde las 9:15 horas, y alrededor de las 12:30, el Juez Matías Ustarez dio a conocer su fallo.

El juez decidió condenar a cada una de las 4 personas al pago de 10 UM. Las 10 UM (Unidades Multas) equivalen a 10 mil pesos.

El magistrado consideró que todos fueron responsables de la infracción del artículo 113 de la Ley 5860, ley Contravencional.

Este artículo prevé que serán sancionados «quienes permanezcan en espacios públicos alterando el orden, obstaculizando la libre circulación vehicular y/o peatonal, causando temor en la población o limitando ilegítimamente y de cualquier modo el libre ejercicio de los derechos de los ciudadanos.

En estos casos, la fuerza policial deberá intimar a los infractores para que desocupen el lugar o permitan el libre ejercicio de los derechos de los ciudadanos, aún en forma parcial.

Cuando los infractores hicieren caso omiso de la primera intimación, el representante del Departamento Contravencional, con conocimiento del Juez, podrá convocar un mediador y/o conciliador designado por el poder público o entidad privada en contra del cual se efectuare el reclamo o protesta, para que lo asista en la solución del conflicto durante un plazo prudencial en horas.

No serán detenidos ni enjuiciados por los hechos previstos en este artículo los que acataren la solución arribada entre las partes en conflicto y procedieren de inmediato a dispersarse y retirarse en orden.

En caso de que los manifestantes rechazaren las posibilidades de resolución del conflicto que le fueren planteadas o no dieren cumplimiento con lo acordado con el Juez Contravencional. Éste los intimará para que de inmediato procedan a dispersarse y restablecer el orden y la normal circulación vehicular y peatonal, bajo expreso apercibimiento de dar intervención directa a la justicia penal, sin perjuicio de la aplicación de las sanciones contravencionales correspondientes».

Los fundamentos de la sentencia se conocieran dentro de 5 días hábiles.

One thought on “Juicio contravencional: condenan a 4 personas por las manifestaciones contra el cierre de los CEIJA

  1. Una buena medida es la aplicar sanciones pecuniarias a quienes infringen el poder circular libremente o alteren el orden. Es una manera que aleja las posibilidades de interrupciones o agresiones a quienes deben transitar por las arterias de la ciudad.
    A partir de la aplicación de esta medida pensaran varias veces anters de realizar actos reñidos con los derechos de los demás ciudadanos.

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