Jujuy al día ® – El Tribunal en lo Criminal Nº 3 condenó a la pena de 16 años de prisión de ejecución efectiva a un hombre, P.J.L.P, por ser considerado autor material y penalmente responsable de los delitos de “Abuso sexual simple agravado por el vínculo” y “Abuso sexual con acceso carnal agravado por el vínculo (tres hechos)” todo ello en concurso real; ilícitos ocurridos en San Salvador de Jujuy y cometidos contra su media hermana.
El veredicto fue emitido ayer, 28 de septiembre de 2023, por las juezas Dras. María Margarita Nallar -presidente de trámite- y Carolina Pérez Rojas, y el juez Dr. Mario Ramón Puig; secretaría a cargo de la Dra. María Amalia Vinciguerra.
Los magistrados además ordenaron la inhabilitación del condenado por el mismo tiempo de la condena y la obtención de los perfiles genéticos a efectos de su incorporación al Registro Nacional de Datos Genéticos vinculados a Delitos Contra la Integridad Sexual.
Los hechos
De acuerdo con la acusación de la Fiscalía, los cuatros hechos por los que se condenó a P.J.L.P ocurrieron en el mes de enero de 2020, en un inmueble ubicado en un barrio de Alto Comedero en la ciudad capital de la provincia.
El primero ocurrió durante la noche, en la oportunidad en que P.J.L.P, medio hermano de la víctima, tocó las partes íntimas de la menor mientras esta se encontraba durmiendo.
Los restantes hechos ocurrieron en horas de la mañana, cuando el acusado, mediante amenazas con un cuchillo, perpetró los abusos sexuales en contra de la voluntad de la niña.
Alegatos
En los alegatos del juicio, el fiscal Dr. Rodrigo Fernández Ríos solicitó la pena de 25 años de prisión para el acusado. Por su parte, el querellante Dr. Joaquín Campos, representante del Centro de Asistencia a la Víctima, adhirió a lo demandado por la Fiscalía.
En tanto, la defensa técnica de P.J.L.P, ejercida por el Defensor Público Penal Dr. Esteban Salinas Saguir, del Ministerio Público de la Defensa Penal, requirió la absolución lisa y llana, y en subsidio por el beneficio de la duda. Los fundamentos de la sentencia se darán a conocer dentro del plazo legal establecido en el Código Procesal Penal de la Provincia; a partir de lo cual las partes podrán solicitar su revisión ante una instancia superior al Tribunal de juicio.