Jujuy al día ® – En la Jornada de ayer, en el Destacamento de Seguridad Vial de AGUAS CALIENTES ubicado sobre Ruta Provincial 61; alrededor de las 16:20., circunstancias que personal policial que presta Servicios en dicho destacamento, dependiente de la Secretaria de Seguridad Vial; se encontraba realizando control vehicular de rutina detienen la marcha de una camioneta Toyota Hilux, siendo conducida por una persona de sexo masculino mayor de edad, quien al solicitarle la documentación del rodado como así también al informarle que se le realizaría control de alcoholemia se torno nervioso, logrando que estacione en banquina, notando asi también el personal que en los asientos de atrás de la camioneta transportaba varios bultos color negro, los que emanaban un fuerte olor a hojas de coca en estado natural.
En consecuencia, se dio participación al Juzgado Federal de Turno, quien dispuso la requisa del rodado; que al procederse a dar cumplimiento a la medida ordenada en presencia de testigos hábiles, la misma arrojo que esta persona transportaba 23 bultos de hojas de coca en estado natural, resultando un total de 469 kilogramos, y la suma de pesos cuarenta y seis mil. Que de nueva consulta efectuado al Fiscal Federal, dispuso que se incoen las Actuaciones por Infracción al Código Aduanero Ley 22415, se proceda al secuestro del rodado, y elementos que transportaba, como así también el arresto del conductor G.F.P. mayor de edad, con supuesto domicilio en la localidad de Pampa Blanca.
Al solicitarse los antecedentes del conductor del rodado se constata que el mismo abría brindado datos falsos, y que se trataría del llamado B.T.N. de nacionalidad boliviana, con residencia en la Ciudad de Perico; como así también que posee un frondoso prontuario policial, con pedido de comparendo de Seccional 21 de Perico, y que en el mes de Mayo del corriente año luego de cumplir condena por Transporte de Estupefacientes, el Juzgado de Ejecución del Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Jujuy, ordeno su EXPULSION DEL PAIS Y PROHIBICION EL REINGRESO DEL EXTRANJERO EN CARÁCTER DE PERMANENTE.