La avaricia de una vicepresidenta por encima de la ley

El autor sostuvo que Cristina Kirchner utiliza la estructura del Estado para beneficio propio, en esta ocasión no con el objeto de escabullirse de los juicios por los delitos que se le imputan, sino con la finalidad de utilizar la plata de los jubilados para pagarle a ella sumas millonarias.

La historia de las dos asignaciones de privilegio que cobra la vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner es una prueba más de cómo el Estado puede estar al servicio de una sola persona, que utiliza toda su estructura para beneficio propio.

En esta ocasión no con el objeto de escabullirse de los juicios por los delitos que se le imputan, sino con la finalidad de que el Estado utilice la plata de los jubilados para pagarle a ella sumas millonarias.

Pese a que ya percibía la pensión por la asignación de privilegio de Néstor Kirchner, a través de la Resolución 3.193, se le concedió en noviembre de 2015 una segunda asignación por haber sido presidenta y se dispuso la liquidación mensual del beneficio «en tanto no incurra en las incompatibilidades establecidas en el artículo 5° y 29° de la Ley N° 24.018».

El artículo 5° establece que la percepción de la asignación «es incompatible con el goce de toda jubilación, pensión, retiro o prestación graciable nacional, provincial o municipal…».

En 2016, al advertirse que Cristina Fernández estaba cobrando dos asignaciones de privilegio, y por ende no cumplía con la condición impuesta expresamente en la resolución referida (que era no incurrir en la incompatibilidad del artículo 5°), se suspendió el pago del segundo beneficio.

La ex presidenta reclamó judicialmente su devolución, un aumento en ambas asignaciones y no pagar el impuesto a las ganancias. El fiscal Gabriel de Vedia, que antes intervenía en contra de los jubilados con el argumento de la defensa de los fondos del sistema previsional, consideró esta vez que ANSeS debía pagar lo reclamado. El juez subrogante Ezequiel Pérez Nami dictó sentencia acogiendo los tres reclamos -más el retroactivo- invocando un precedente que dice exactamente lo contrario.

En 2009 el procurador del Tesoro Osvaldo Guglielmino concluyó que «la incompatibilidad prevista por el artículo 5 de la Ley N° 24.018 entre la percepción de la asignación mensual vitalicia que establece su artículo 1° y el goce de toda jubilación, pensión… sólo alcanza a las personas a las que se refiere este último artículo, Presidente, Vicepresidente de la Nación y Jueces de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, y no a sus derechohabientes».

Insólitamente, el juez omitió que Cristina Fernández había sido presidenta y por tanto estaba alcanzada por la incompatibilidad según el dictamen.

La sentencia fue apelada por ANSeS y por un grupo de diputados, a quienes el juez primero les aceptó la intervención, pero luego, ante el reproche del abogado de la actora, los apartó del proceso.

En el medio, Carlos Zannini dictaminó la nulidad de lo actuado por la gestión anterior y consideró que no eran incompatibles las dos asignaciones.

Con ese respaldo, ANSeS revocó los actos administrativos que motivaron el inicio del juicio y comenzó a pagar el segundo privilegio. La misma ANSeS que apela las sentencias de los jubilados -muchas veces hasta la Corte Suprema-, obligándolos a transitar un penoso juicio de ocho años, en este caso particular movilizó el aparato del Estado para poder cumplir una sentencia de primera instancia que no se encuentra firme.

Ante tamaña irregularidad, se presentó como amigo del tribunal la asociación Bases Republicanas, a los efectos de exponer lo evidente: en el juicio nadie estaba defendiendo los intereses del Estado, pues la propia ANSeS actuaba a favor de la vicepresidenta.

Pese a todo, la Sala 3 de la Cámara de la Seguridad Social rechazó las intervenciones de Bases y de los diputados, señalando que «no se ha consumado, en este estado, una deficiencia en la actividad procesal de la demandada».

Inmediatamente, los abogados de la vicepresidenta manifestaron que como ANSeS ya había cumplido la sentencia, su apelación ya no tenía razón de ser. ANSeS, obediente, en apenas dos días retiró la apelación.

Ahora, la Cámara deberá decidir si acepta el desistimiento, y en qué términos lo hace.

En apretada síntesis, esta ha sido la maniobra urdida por distintos sectores del Estado para actuar en perjuicio del Estado.

Todos al servicio de Cristina Fernández de Kirchner. Los que intentaron oponerse fueron expulsados por la Justicia. El botín: $2,8 millones por mes (más de 100 jubilaciones mínimas) y un retroactivo de $120 millones.

Todo en paralelo a un brutal ajuste a los jubilados en plena pandemia. En el gobierno de Alberto Fernández, quien cobra una jubilación media tuvo un aumento del 78% y la millonaria vicepresidenta, uno de 673%, en una nueva demostración de que la ley no es obstáculo para obtener impunidad; tampoco para satisfacer la avaricia.

(*) – Alejandro G. Chiti es ex secretario de Seguridad Social.

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