Jujuy al día® – El Tribunal en lo Criminal Nº 1 condenó a la pena de prisión perpetua a Diego Eduardo Véliz, por ser autor material y penalmente responsable del delito de “Homicidio doblemente agravado por el vínculo y por violencia de género”; hecho ocurrido en la ciudad de San Salvador de Jujuy.
El veredicto emitido hoy, 14 de julio, por el juez Luciano Yapura –presidente de trámite – y las juezas Felicia Barrios y Alejandra Tolaba, fue dado a conocer por la secretaria del Tribunal, Dra. María Fátima Chañi.
La acusación
La requisitoria fiscal de elevación a juicio de la causa establece que el 12 de abril del 2015, en horas de la mañana, el acusado Veliz se encontraba en el interior de un vehículo junto Darío Mamaní, quien lo conducía, y Jairo Terán, transitando por una bajada de la calle Azopardo casi Avenida Eva Perón, cerca del sector barrial denominado “Cucharita”.
En ese lugar, el imputado observo a su ex pareja y madre de sus hijos, María Fernanda González, quien se encontraba tomando bebidas alcohólicas junto a un grupo de personas, por lo que Veliz le solicitó al conductor del automóvil que se detuviera para poder descender del mismo.
Seguidamente, hizo subir a la mujer al vehículo, para luego descender junto a ella en cercanías del canal derivador de caudal de agua que alimenta el dique La Ciénaga, a la altura del barrio San Cayetano; y se dirigieron a pie hasta la pasarela ubicada en la calle El Canal a la altura de calle Monte Carmelo del barrio 22 de Diciembre.
Allí, ambos mantuvieron una discusión, tras lo cual Veliz agredió físicamente a la mujer y posteriormente, con claras intenciones de quitarle la vida, la arrojo al mencionado canal, dándose a la fuga.
María Fernanda González falleció ese mismo día a causa de asfixia por sumersión, hallándose su cadáver el 18 de abril de ese año, aproximadamente a las 11.45 horas, en la rejilla del canal derivador del dique Las Maderas.
Alegatos
En los alegatos del juicio, el Fiscal ante el Tribunal, Dr. Marcelo Cuellar, solicitó la pena de prisión perpetua para el Diego Véliz.
Por su parte, las querellantes, doctoras María Emilia Curten Haquim y María Eugenia Terzano Carrera del Centro de Asistencia a la Víctima del Ministerio Público de la Acusación, adhirieron al pedido de la fiscalía.
En tanto, la defensa técnica del acusado fue ejercida por el Dr. Ariel León Ruiz, quien requirió la absolución de su defendido por el beneficio de la duda. Los fundamentos de la sentencia se darán a conocer dentro de los plazos legales establecidos en el Código Procesal Penal de la Provincia, fecha a partir de la cuál, las partes podrán solicitar su revisión ante una instancia superior.