Jujuy: Por abusar sexualmente de una menor de edad Ccndenan a 13 años y 6 meses de prisión efectiva a un hombre

Jujuy al día® – El Tribunal en lo Criminal Nº 3 condenó hoy, 8 de abril, a un hombre, L.A.L.F., a la pena de 13 años y 6 meses años de prisión efectiva por encontrarlo autor material y responsable de los delitos de “Abuso Sexual simple agravado por la convivencia (dos hechos) y Abuso Sexual con acceso carnal agravado por la convivencia (dos hechos) en concurso real”;  ocurridos en la ciudad de La Quiaca y de los que fue víctima una niña de 11 años de edad.

Además, ordenó la obtención de los perfiles genéticos del condenado a efectos de su incorporación al Registro Nacional de Datos Genéticos vinculados a Delitos contra la Integridad Sexual.

Los hechos

De acuerdo con el requerimiento de elevación a juicio de la causa, el hombre fue acusado por cuatro hechos delictivos; el primero de ellos entre los años 2017 y 2018, en circunstancias en que la niña se encontraba durmiendo en una vivienda de La Quiaca, donde convivía con su madre y el imputado -pareja de la mujer-, éste procedió a tocar las partes íntimas del cuerpo de la menor.

Posteriormente, en los meses de noviembre y diciembre de 2018, en dos oportunidades en que la niña se encontraba durmiendo en la habitación de la casa, el acusado abuso de la menor accediéndola carnalmente.

Finalmente, en enero de 2019, en la misma vivienda en la que L.A.L.F. convivía con la niña, procedió nuevamente a tocar a la menor en sus partes íntimas.

El Tribunal estuvo integrado por las juezas María Margarita Nallar – presidenta de trámite- y Ana Carolina Pérez Rojas y el juez Mario Ramón Puig. En tanto, la secretaría estuvo a cargo del Dr. Rodrigo Burgos.

Como representante del Ministerio Público de la Acusación se desempeñó el Dr. Alejandro Maldonado, quién solicitó para el acusado la pena de 20 años de prisión.

La defensa técnica del imputado la ejerció la Defensora Oficial, Dra. Natalia Soledad López, del Ministerio Público de la Defensa Penal, quién pidió la absolución por el beneficio de la duda en los tres primeros hechos descriptos, por considerar que fueron cometidos por otra persona; y respecto al cuarto hecho, negó la comisión del mismo por parte de su defendido. Los fundamentos de la sentencia se darán a conocer dentro del plazo establecido en el Código Procesal Penal de la Provincia; fecha a partir del cual, las partes podrán solicitar su revisión ante una instancia superior al Tribunal de juicio.

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