Se convoca a concurso para designar médicos en Comisiones Médicas y Delegaciones de la SRT

La Resolución SRT N° 9/21 publicada en el Boletín Oficial, establece las bases generales para el concurso de oposición y antecedentes para médicos co-titulares. La documentación deberá presentarse vía Trámites a Distancia (TAD).

Jujuy al día® – Producto de la creación de nuevas Comisiones Médicas y Delegaciones en casi todo el país, dispuesto en el marco de la Ley N° 27.348 complementaria de Riesgos del Trabajo, la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT) incrementará la dotación de médicos para cubrir nuevos cargos y establecer reemplazos en el plantel de médicos.

En 2018 y 2019, mediante sendas resoluciones, se concursaron y nombraron médicos co-titulares pero no se logró satisfacer la totalidad de la demanda, por lo cual se establece un nuevo régimen de concurso y orden de méritos para establecer nuevas designaciones y confeccionar un Listado de Médicos Reemplazantes, destinados a 41 Comisiones Médicas y Delegaciones.

En los anexos que acompañan la resolución, se detallan los requisitos excluyentes para la postulación, las etapas del concurso, el puntaje asignado para cada título o crédito documentado por los postulantes, el listado de CM y Delegaciones con vacantes a cubrir y los formularios para la presentación formal de cada postulante.

En el caso de los médicos no designados y que pasarán a integrar el Listado de Médicos Reemplazantes y cubrirán suplencias y vacantes según orden de mérito de acuerdo a las necesidades operativas de la Gerencia de Administración de Comisiones Médicas. Ese listado tendrá una validez de tres años a menos que la SRT evalúe pertinente llamar a un nuevo concurso.

Esta iniciativa se inscribe en el plan de federalización y fortalecimiento de la estructura del Sistema de Riesgos del Trabajo para una rápida y eficaz atención de enfermedades y accidentes profesionales.

REQUISITOS EXCLUYENTES:

a) Ser argentino nativo, por opción o naturalizado.

b) Edad máxima a la fecha de presentación: CINCUENTA (50) años.

c) Poseer Título de Médico expedido por una Universidad Pública o Privada autorizada.

d) TRES (3) años de recibido/a.

e) Tener Matrícula Provincial y/o Nacional.

f) Poseer Título de Especialista y/o Certificado de residencia completa, expedido por autoridad competente, en las especialidades que se detallan en Anexo IV de la presente resolución.

Excepciones:

Podrán presentar postulación aquellos profesionales extranjeros que posean la residencia en el país, y acrediten estar tramitando la ciudadanía argentina y cuenten con la convalidación del título de grado habilitante acreditando la documentación respaldatoria al momento de la postulación.

JURISDICCIONES A CUBRIR:

Tucumán; Rosario (Santa Fe); Sunchales (Santa Fe); Venado Tuerto (Santa Fe); Paraná (Entre Ríos); San Vicente (Misiones); Neuquén; CABA; Ushuaia (Tierra del Fuego); Río Grande (Tierra del Fuego); Salta; San Luis; Córdoba; San Francisco (Córdoba); Roque Sáenz Peña (Chaco); La Quiaca (Jujuy); Mendoza: San Rafael, San Martín, Mendoza; Buenos Aires: Zárate, La Plata, Mar del Plata, Bahía Blanca, Moreno, Lanús, Morón, San Isidro, Pinamar, Punta Alta, Trenque Lauquen, San Nicolás, Ezeiza, Quilmes, Ramos Mejía, San Martín, Luján, Mercedes, Pilar y Tandil.

Accedé al proceso de inscripción

Para más información, podés consultar la Resolución SRT N° 9/2021

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