Procedimiento para justificar inasistencias por razones de salud

Jujuy al día® – La Dirección Provincial de Personal comunica que todas las gestiones atinentes al Departamento Provincial de Reconocimientos Medico se efectuarán vía correo electrónico a la dirección [email protected] y/o telefónicamente al número 4221394.

A fin de la justificación de las inasistencias por razones de salud, los responsables de cada Unidad de Organización deberán remitir los partes diarios al e-mail establecido supra, indicando en el asunto del correo el texto “PARTE DIARIO” y la fecha al que corresponda, mientras que en el cuerpo del mismo consignará la repartición remitente y los siguientes datos de los agentes requirentes: apellido y nombre, número de CUIIL, número de teléfono celular (con acceso a internet como requisito indispensable) y correo electrónico. Asimismo, deberán informar a los agentes que -dentro de las 24 hs. de efectuado el pedido- recibirán la llamada y/o videollamada del médico justificante al contacto brindado y que en caso de no atender al mismo se procederá a la injustificación. En el caso de que el agente no cuente con las herramientas tecnológicas requeridas deberá consignar alguna alternativa de contacto. El instrumento legal que justifique o injustifique la inasistencia será remitido a sección personal o recursos humanos de cada repartición y al agente, siempre que cuente con correo electrónico.

En el caso de existir argumentos suficientes podrán solicitar la reconsideración de la falta injustificada, adjuntando los elementos de prueba, al correo electrónico [email protected] , enviándose la respuesta de la misma tanto al agente como a la Unidad de Organización a la que pertenezca.

Con respecto a los turnos pendientes para Junta Médica, tales responsables deberán enviar al correo electrónico [email protected] un mail que deberá contener en el asunto la leyenda “REPROGRAMACIÓN DE JUNTAS MÉDICAS” y la Repartición remitente, mientras que en el contenido deberá especificar apellido y nombre, numero de CUIIL, número de teléfono celular (con acceso a internet como requisito indispensable) y correo electrónico de cada agente a reprogramar. En el caso de que el agente no cuente con las herramientas tecnológicas requeridas deberá consignar alguna alternativa de contacto. El instrumento legal que justifique o injustifique la inasistencia será remitido a sección personal o recursos humanos de cada repartición y al agente, siempre que cuente con correo electrónico.

Aquellas Reparticiones que en el periodo que abarca desde el 17 de marzo al 11 de mayo de 2020 hayan otorgado licencias conforme a los artículos 59, 60, 61, 67, 74 y 84 de la Ley Provincial Nro. 3161/74, deberán informar tal situación indicando los datos personales de los agentes justificados, artículo aplicado y días licenciados.

Se advierte que el procedimiento indicado supra queda supeditado a las novedades e instrucciones que el Gobierno Provincial y el Comité Operativo de Emergencia (COE) dispongan.

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