La normativa rige para aquellas cuyos vencimientos se encuentran en el período comprendido entre el 15 de febrero y el 15 de mayo de 2020.
Jujuy al día® – El pasado 17 de marzo, el Municipio capitalino a través del Decreto Nº 0358.20.040 adhirió a lo establecido en la disposición Nº DI-2020-109-APN-ANSV#MTR, emitida por la Dirección Ejecutiva de la Agencia Nacional de Seguridad Vial, que entre otros puntos, insta a prorrogar por el término sesenta días corridos, los vencimientos de las Licencias Nacionales de Conducir, que hayan operado u operen entre el 15 de febrero de 2020 y el 01 de abril de 2020.
No obstante y en consecuencia a la extensión del Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio, se prorroga la fecha hasta el día 15 de mayo; “si bien es cierto no era una directiva taxativa, invitaban a que los municipios que tuvieran emisión de licencias, adhirieran a la medida. De ahí que no es exigible la licencia de conducir en el caso de que estuviera vencida; dentro de ese plazo pueden circular por 60 días”, explicó Guillermo Marenco, secretario de Servicios Públicos de la Municipalidad de San Salvador de Jujuy.
El funcionario no descartó de que exista la posibilidad de que la semana que viene pudiera llegar a implementarse un funcionamiento restringido del área de licencias de conducir del Municipio Capitalino con turnos electrónicos y con la alternativa de atender hasta 30 personas por día, en el horario de 8 a 18 hs “esto, obviamente todavía no lo podemos dar por hecho. Porque se tienen que resolver las excepciones planteadas a nivel Provincial y autorizadas a nivel Nacional, pero está el estudio de esa posibilidad”, aseguró.