Jujuy al día® – El Director del Registro Civil, Octavio Rivas, dependiente del Ministerio de Gobierno y Justicia, afirmó que se siguen trabajando con guardias pasivas en el interior, en trámites de inscripción de defunciones y de nacimientos y en casos urgentes como por ejemplo, razones de salud. Recordó que en las delegaciones visiblemente estará el contacto telefónico del personal a cargo.
Por otro lado, informó que en el Registro Central, sito en Belgrano 1083, en el horario de 9 a 12, se activó una guardia mínima rotativa, en caso de días hábiles inscripciones y defunciones y en días inhábiles, solo se realizará defunciones.
Aclaró que se suspenden los plazos administrativos para inscripción de nacimientos (Art 28 de la Ley 26.413) y defunciones (Art. 60 de la Ley 26.413) hasta el 31 de este mes. Además, se establecerán canales de consultas en el horario de 9 a 12 llamando a los teléfonos 388-4221217-Whasapp-3884873673 o por email [email protected]
Asimismo, el funcionario provincial informó de la nueva resolución del RENAPER para los casos de reposición de DNI urgente, a los fines de evitar concurrencia de personas en los centros de documentación.
“Se va a poder gestionar un DNI virtual provisorio vía mail. El cual dura el tiempo de la cuarentena más 30 días luego de levantada la misma. Para su solicitud el interesado debe mandar un mail a la casilla [email protected] indicando nombre completo, numero de documento nacional de identidad y el motivo acreditable de la urgencia de reposición del DNI´”, precisó Rivas.
“Si el RENAPER admite el pedido. Le va a contestar el mail al ciudadano enviándole el código de descarga del DNI virtual y el instructivo a tales efectos. Porque recordemos que hay que descargar previamente la aplicación Mi Argentina. Todo ello va a estar detallado en el instructivo remitido vía mail”, expresó.
Finalmente, aclaró que el ciudadano, no le va a llegar un DNI tarjeta. Sino un DNI virtual que se descarga al celular y dura el tiempo de la cuarentena, más 30 días luego de levantada la misma. Cumplido este plazo, el ciudadano, deberá gestionar un nuevo DNI por los canales habituales y formales.