Por medio de la presente manifestamos nuestra preocupación por aseveraciones de algunos personajes públicos en diferentes medios, propalando información a sabiendas de su falsedad, induciendo al público a error sobre la percepción de un servicio elemental, como es la energía eléctrica. Creemos que el acceso a la información es un derecho esencial de todos los ciudadanos, y por tal motivo ponemos a disposición del público, personal técnico y legal a efectos de informar sobre cuestiones complejas relativas a la facturación y prestación del servicio de energía eléctrica; haciendo saber que en todo momento se obró conforme la legislación vigente y en resguardo de los derechos de todos y cada uno de los usuarios. La actitud asumida por algunos personajes de la oposición vulnera el derecho del público a una información veraz, configurando una artimaña para realizar campaña política desprestigiando a la gestión de gobierno, en perjuicio del colectivo de los usuarios del servicio de energía eléctrica déla provincia de Jujuy.
En particular, informamos lo siguiente:
NO ES CIERTO que el cargo FOPEJ implique una doble imposición sobre un mismo concepto. El Cargo FOPEJ, tiene como objeto primordial que los costos del Sistema Aislado Provincial -que desde siempre fueron abonados por todos los usuarios del servicio en la Provincia, de manera solidaria, y como un subsidio a los habitantes de nuestras zonas más lejanas y aisladas- no estén afectados por la carga impositiva. Su incorporación a la factura de los usuarios no implicó aumento alguno. No resulta menor aclarar que la implementación del mismo se realizó en el marco de una audiencia pública.
LO CIERTO es que con la actitud asumida, quienes ponen en cuestión el CARGO FOPEJ, pretenden perjudicar a los habitantes de la Puna, y a quienes reciben energía a través del sistema disperso. Dicho perjuicio además, se replicaría en todos los usuarios del servicio, ya que el Fondo Provincial de la Energía Eléctrica (FOPEJ) tiene entre sus objetivos garantizar la percepción de un servicio de calidad para cada usuario de la provincia.
NO ES CIERTO que el Fondo Compensador Tarifario (FCT) tenga como destino cubrir los costos del Sistema Aislado Provincial (SAP). El FCT, específicamente se aplica a subsidiar el 85% de la tarifa del Sistema Disperso (que no es lo mismo que SAP) consistente en la actualidad en 3.850 servicios de energía con paneles individuales; a los subsidios de la ley 4773, que beneficia a unos 17.600 usuarios; y además tiene como objetivo subsidiar consumos de usuarios finales del servicio, cuyas condiciones particulares así lo requieran y con un criterio de justicia social. Su aplicación tiene control por parte de SUSEPU; Tribunal de Cuentas de la provincia, y el Consejo Federal de Energía Eléctrica, ante los cuales se rinde cuenta de manera mensual.
TAMBIÉN ES CIERTO que más del 50% del precio de la energía, lo regula el Estado Nacional, y que desde Diciembre de 2018, dejó sin efecto la Tarifa Social .En tal sentido, instamos a los personajes que aparecieron en distintos medios de comunicación divulgando información falsa, a informar a los usuarios sobre el gran esfuerzo que realiza actualmente la Provincia para mantener dicho beneficio a favor de más de ochenta mil usuarios. Además, a través del Decreto N° 501/2020 se dispuso el congelamiento de la tarifa por un plazo de ciento ochenta días, e instruyó a la Secretaria de Energía a atender los casos particulares que así lo requieran, para que compense la factura final, afrontando la provincia los costos de dichas acciones.
REITERAMOS nuestra voluntad de ahondar en los temas expuestos, en pos de una información veraz a los usuarios del servicio de energía eléctrica de la provincia.
Esc. Mario Pizarro – Sec. de Energía de la Provincia