Jujuy: la Corte Suprema aún no remitió el expediente para que se dicte sentencia a Milagro Sala

Jujuy al día® – Luego de varios meses que los representantes legales del entonces senador, y actual gobernador de Jujuy, Gerardo Morales, informaron que la decisión de Tribunales Superiores de ordenar que la causa por las amenazas y daños vuelva al Tribunal Oral de Jujuy para que dicte sentencia, el expediente aún no ha llegado.

Recordemos que en el juicio donde fue condenada por el TOF 1 de Jujuy, Milagro Sala debía cumplir una prisión en suspenso, pero por el delito que se le imputaba, amenazas coactivas, no fue condenada por prescripción del mismo.

Sin embargo, la Corte Suprema de Justicia de la Nación, ordenó que se dicte sentencia por este delito, por lo que, por más mínima que sea la pena, Milagro Sala deberá ir a prisión.

Al realizar la búsqueda del expediente para establecer los movimientos del mismo, en página oficial, la cual es de acceso público hasta cierto nivel, la página nos recibe con un mensaje más que claro:

“Importante! El expediente se encuentra en la Corte Suprema de Justicia de la Nación, por lo que solo se podrán visualizar actuaciones públicas correspondientes a dicha competencia”.

Por la que se entiende, que el expediente aún no ha sido remitido al TOF, que son quienes deben resolver y fallar una nueva sentencia condenatoria contra Milagro Sala.

INSTANCIAS PROCESALES

Las actuaciones se encuadran en la causa sustanciada por el violento ataque perpetrado en octubre de 2009 en perjuicio del entonces senador nacional Gerardo Morales y los auditores generales de la Nación Leandro Despouy y Alejandro Nieva, en la sede del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Jujuy.

En diciembre de 2016, el Tribunal Oral Federal de Jujuy condenó la líder de la Tupac Amaru a tres años de prisión en suspenso por el delito de «Daño Agravado» y declaró la extinción de la acción penal por prescripción en el delito de «Amenazas».

Esta decisión fue apelada por los abogados de Morales, obteniendo resultados satisfactorios, puesto que en junio de 2017 la Sala IV de la Cámara de Casación confirmó la condena a tres años de prisión en suspenso a la líder de la Túpac Amaru por el delito de «Daño Agravado» y al mismo tiempo revocó la declaración de extinción de la acción penal por prescripción en el delito de «Amenazas», ordenando además su reemplazo por una figura legal más severa de «Amenazas Coactivas».

Por otra parte, en instancia superior, la Corte Suprema de Justicia resolvió en el presente mes no revisar la condena de tres años de prisión en suspenso dispuesta contra Milagro Sala por el delito de «Daño Agravado» y ordenó dictar una nueva sentencia por el delito de «Amenazas Coactivas».

En consecuencia, el tribunal de origen debe dictar una nueva condena.

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