Ley del aborto: “está quebrando no solo los Derechos del Niño sino también la Constitución”

Jujuy al día® – En una entrevista con nuestro medio, el reconocido abogado jujeños Segundo Soria, se refirió al marco legal en torno a la media sanción de la ley de aborto gratuito, libre y seguro, y afirmó que este proyecto de ley atenta contra la Convención de los Derechos del Niño y la propia Constitución Nacional.

Además, indicó que, de acuerdo a cómo está planteado este proyecto, el hombre que engendró esa vida, “es un convidado de piedra”.

En declaraciones al diario JUJUY AL DÍA®, Segundo Soria expresó “esto que han sancionado, a mi manera de ver, es algo meramente declamatorio, es ilegal”.

“La Constitución Argentina establece que corresponde al Congreso de la Nación, es decir que está en sus facultades, aprobar o desechar tratados con las demás naciones, organizaciones internacionales y concordatos con la Santa Sede, y los tratados y concordatos tiene jerarquía superior a las leyes, y luego tiene algunas disposiciones que las lleva más allá que las leyes, y la Declaración Americana de los Derechos libres del hombre, la Convención Universal de los Derechos Humanos, la Convención Sobre los Derechos del Niño, tienen jerarquía constitucional”.

Por ello, el letrado aseguró que este proyecto de ley “está quebrando, no solo los Derechos del Niño, sino también la Constitución, ya que la Convención de los Derechos del Niño es parte de la Constitución, lo dice muy claro, deben entenderse complementarios a los derechos en ella reconocidos y solo podrán ser denunciado por el Ejecutivo nacional previa aprobación de las 2/3 partes de la totalidad de los miembros de cada Cámara”.

“Es decir que, para dejar sin efecto la Convención sobre los Derechos del Niño y aprobar el aborto libre, no entrando en la cuestión de fondo si es legal o no, sino que se respeten las normas constitucionales para que tenga vigencia, tendría que haberse aprobado con los 2/3 de la Cámara y ¿por cuántos se lo aprobó?”.

Agregó “al no haber los 2/3 para derogar la adhesión argentina a los Convención de los Derechos del Niño, todo esto es de nulidad absoluta y que está atentando contra los principios republicanos en un Estado constituido por los tres Poderes”.

Explicó que según los Derechos del Niño “lo establece bien claro, y Argentina la receptó y le da categoría constitucional, que es obligación de los Estados garantizar la vida de los niños y se considera niño desde el momento de la concepción en el seno materno y hasta los 18 años”.

Consultado por este diario sobre qué pasa con el rol del padre y el derecho que tiene sobre la vida del hijo engendrado, que, en un caso puntual, una mujer elegiría abortar fundamentado en esta ley, Segundo Soria respondió “el padre es uno de los elementos esenciales para que haya un embarazo y que la mujer sea la portadora no significa que no haya un derecho por parte del padre”.

“Pero como han estructurado esta declaración, el varón, el padre, el que engendra, es un ‘convidado de piedra’ en esto. Hagamos las cosas bien, respetemos la igualdad de la que se habla entre los seres humanos”.

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