Consideran “necesarias” las modificaciones y actualización del Código Penal de la Nación

Jujuy al día® – Ante el inminente inició de la modificación y actualización del Código Penal de la Nación, nuestro medio dialogó con el Juez del Tribunal en lo Criminal, Luís Ernesto Kamada, quien señaló que es menester que ocurra esto ya que las modificaciones introducidas hasta la fecha generaron “un verdadero complejo de normas que se vuelven sumamente difícil de interpretar y de aplicar”.

Indicó que entre las actualizaciones deben incluirse el reordenamiento del Código, tipificaciones en cuanto a delitos, como por ejemplo, contra la integridad sexual, y la inclusión de nuevos figuras delictivas.

En una entrevista con el diario JUJUY AL DÍA®, Luis Ernesto Kamada expresó “en términos generales, debemos tener en cuenta que está designada una comisión a la que se le confió la  tarea de modificar el Código Penal, y que su objetivo es proponer al Congreso un Código Penal que, modificado en sus aspectos más relevante, sea el que empiece a regir una vez que pase el tamiz legislativo y se reemplace el actual”.

“Es sumamente necesario hacerlo toda vez que el Código Penal que está vigente desde 1921 con muchas modificaciones introducidas de manera bastante asistemática, que ha creado un verdadero complejo de normas que se vuelven sumamente difícil de interpretar, de aplicar y esto obedece a que cada norma ha sido modificada dentro del cuerpo del Código obedeciendo a parámetros que no responden a una misma filosofía”.

Acerca de las modificaciones que cree que se deben introducir, el Juez jujeño manifestó “entiendo que las que básicamente deben ser atendidas son aquellas que deben ser incorporadas a la discusión en la parte general del Código, porque estas partes son las que establecen cómo se van a interpretar las demás normas del Código, desde ese punto de vista se deben definir cómo calcular la pena cuando el delito fue tentado y no consumado, es una vieja discusión que tiene la doctrina y jurisprudencia argentina que me parece que ya es hora de zanjar. El tema de la valoración de los concursos de delitos, sean reales  o ideales, es otra situación que debe ser zanjada de una buena vez y para siempre».

«Dentro de la parte especial incorporar nuevos delitos, delitos que desde luego el legislador anterior nunca tuvo la posibilidad de imaginar que existirían y además establecer algunos criterios para sistematizar o reordenar la metodología del Código, ya que esto va a simplificar su interpretación y aplicación. Hago puntual hincapié en los delitos contra la integridad sexual que son delitos bastantes complejos en cuanto a su tipificación legal y muchas veces tienen inconvenientes a la hora de su interpretación y aplicación».

Sobre delitos actuales como los de índole virtual, o producidos a través de un medio virtual como las redes sociales, señaló «en rigor, están valorados, tenidos en cuenta a partir de normativas especiales, por eso sería interesante que el Código que será escrito a nuevo incorpore estas figuras que no existían y queden sistemáticamente incorporadas a su cuerpo legal».

En relación a los pedidos de familiares de víctimas de delitos, especialmente de víctimas de accidentes de tránsito y homicidios (delitos culposos y dolosos), quienes piden endurecimiento de penas, el Juez jujeño opinó «esto se debe discutir en ese ámbito, lo que no quiere decir que se produzca el resultado que esperan las personas afectadas por algún tipo de conducta, porque no hay que olvidarse que el derecho penal es la última respuesta, entonces pretender el endurecimiento de penas, como mal llaman quienes hablan del tema, no aporta soluciones”.

“La solución debe venir desde lo preventivo y no desde la directa amenaza de una sanción penal, esto no disuade al que va a cometer un delito, entonces hay que aplicar un derecho penal de naturaleza más racional y que resulte aplicable y no que quede en normas que tendrán muy buenas intenciones pero no tienen la repercusión que la sociedad espera».

Respecto a la prohibición de libertad condicional, u otra figura,  los reincidentes de delitos, abusadores sexuales y secuestradores, Kamada señaló «esto es pendular, hoy prima alguna opinión que tiende a restringir este tipo de derechos, digo derecho porque la Corte Suprema de Justicia de Nación abandonó hace tiempo la calidad de beneficio y lo ha concedido la naturaleza jurídica de derecho, porque la ley argentina en materia del cumplimiento de la pena privativa de la libertad tiene como principal propósito hacer que la persona que sea sancionada o condenada abandone la cárcel».

«Esta concepción de que ‘se pudra en la cárcel’ no es constitucional ni legal, busque donde quiera, en la Constitución ni en la ley encontrará alguna expresión que se le parezca o tienda a eso. Uno debe comprender que el ánimo de la persona afectada por un delito es buscar alguna retribución penal pero esto que es comprensible en el ánimo de la persona no es lo que el legislador ha recibido y no es lo que ha dictado, menos lo que el constituyente ha dispuesto».

Para finalizar, JUJUY AL DÍA® consultó al Magistrado si esta modificación del Código Penal de la Nación implicará algún cambio en nuestro Código Procesal Penal. Kamada explicó «son cuestiones que van por carriles diferentes. La Constitución manda que los Códigos de fondo, como el Código Penal, está reservado al Congreso de la nación, en tanto la determinación de los Códigos Procesales están reservados a las provincias  porque lo que marcan los códigos de fondo es el ‘qué se regula’, en cambio los procesales indican cómo se aplican esos códigos, ahí la división en razón de la naturaleza federal que tiene nuestro Estado que las provincias tienen para si esta potestad de regular la cuestión procesal».

«Digo que van por andariveles diferentes por eso y también por lo supo decir algún viejo autor de derecho, el Código Penal no le toca un pelo al delincuente, el que le toca la libertad y otro derecho es el Código Procesal Penal, por ende la cuestión relativa a la modificación del Código Penal va a ser una discusión en un ámbito distinto, en un ámbito mucho más amplio ya que abarca toda la Nación».

Acerca de posibles cambios en nuestro Código de Procedimiento, señaló «puede haberla  como no, pero son discusiones de distinto nivel. Se verá si hace falta o no dictar alguna modificación del Código Procesal Penal de la provincia. No nos olvidemos que en muchos casos, no sería la primera vez, el legislador nacional, que legisla sobre el fondo del asunto, a veces ha avanzado sobre las cuestiones procesales y esto no ha sido discutido desde lo constitucional, por ello habrá que estar atento a las consecuencias que tiene esa modificación del Código Penal y ver si repercute o no en el Código Procesal penal de la provincia», concluyó.

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