Jujuy al día® – Debido a la incorporación de nuevas clases y categorías de establecimientos en la Ley Nº 5737 “De Regulación de Alojamientos Turísticos para la Provincia de Jujuy”, como Hostel, Casa de Huésped, Bed & breakfast, Establecimiento de alquiler turístico y Estancia Turística, la Secretaria de Turismo de la provincia de Jujuy, a través de la Sub Dirección de Registro y Fiscalización convoca, a todos los establecimientos que brinden el servicio de hospedaje, a regularizar su situación e inscribirse en el Registro Provincial de Alojamientos Turísticos.
Recordamos que, según dicha Ley, todo alojamiento turístico que brinde el servicio, en forma habitual o temporaria, por una tarifa determinada y un período que permite el pernocte, debe estar autorizado, clasificado, categorizado, controlado e inscripto en el Registro antes mencionado, dado que el incumplimiento de esta normativa es pasible de sanciones, quedando sujetos a la presente Ley los titulares de los establecimientos que desarrollen la actividad definida, en el territorio de la Provincia de Jujuy.
Para mayor información, ponerse en contacto con el organismo provincial, ubicado en calle Canónigo Gorriti 295, ciudad de San Salvador de Jujuy .
Teléfono (0388) 422-1343/26 – [email protected]