Jujuy al día® – Tal y como adelantó en exclusiva JUJUY AL DÍA®, en una resolución del Juzgado Federal N° 2 de Jujuy, donde actúa como subrogante el Juez Mariano Wenceslao Cardozo, se dio lugar a los planteos del Defensor del Pueblo de Jujuy, Ricardo Pierazzoli, y se ordenó no suspender el servicio gas domiciliario por falta de pago, compensar a los usuarios que hayan abonado el aumento, y retrotraer las tarifas al mes de marzo.
En dicha resolución, el Juez Cardozo, en ausencia del Juez Fernando Poviña, declaró la competencia del Juzgado en amparo presentado por el Defensor del Pueblo de Jujuy, Ricardo Pierazzoli, debido al fuerte incremento en la tarifa del gas.
El Juez Federal resolvió:
- “Ordenar a GASNOR S.A., en su calidad de licenciatario en esta jurisdicción mantener el servicio. de provisión de gas, absteniéndose de efectuar cortes en el suministro del servicio a los usuarios motivado por la falta de pago de las facturas impugnadas en esta acción;
- “Ordenar al Ministerio de Energía y Minería de la Nación y del Ente Nacional Regulador del Gas (ENARGAS) reformular el cuadro tarifario de suministro de gas para la Provincia de Jujuy a partir del 1de abril de 2016, manteniendo hasta finalizar el invierno los montos que se venían abonando en las boletas hasta el 31de marzo de 2016 en Jujuy, compensando a los usuarios que hubieran pagado las facturas con dicho aumento, y elaboren el nuevo cuadro tarifario para la Provincia de Jujuy, respetando la exigencia de razonabilidad exigida por la Constitución Nacional, fundamentando y explicitando en todas sus partes las variaciones que consideren ineludible introducir en los componentes de dicha tarifa a partir del inicio de la primavera del corriente año”.
Esta resolución enmarca a Jujuy con otras jurisdicciones donde la justicia también ordenó frenar el incremento de este servicio público.