Solicitan promover la tipificación del delito de venta de niños

Jujuy al día® – El Defensor del Pueblo de la Nación, a través del Secretario General a cargo CPN Carlos Haquim, solicitó a la Comisión Bicameral Permanente del Defensor del Pueblo de la Nación promover la tipificación en el Código Penal de la Nación del delito de venta de niños y niñas, en cumplimiento con el fallo emitido por la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

La urgencia surge a partir de un caso que tuvo lugar en la provincia de Entre Ríos y en la que intervino la Corte Interamericana de Derechos Humanos, por pedido de una de las partes interesadas, y que puso de manifiesto que en nuestro país la venta de niños y niñas no está tipificado dentro del ordenamiento jurídico.

El Defensor del Pueblo Nacional sostiene que los delitos de trata, tráfico y venta de niños y niñas constituyen una violación a los derechos humanos fundamentales y afectan la integridad y la libertad de miles de niños, niñas y adolescentes en Argentina y en el mundo. Cabe destacar que, si bien estos delitos afectan a toda la sociedad, lo cierto es que son las personas que se encuentran en una situación de mayor pobreza y exclusión quienes están en una condición más vulnerable para ser captadas o explotadas.

En 1990, Argentina ratificó la Convención sobre los Derechos del Niño y le otorgó jerarquía constitucional en el artículo 75 inciso 22 de la Constitución Nacional, obligándose -entre otras cosas- a realizar todas las medidas de carácter nacional, bilateral y multilateral que sean necesarias para impedir la venta de niños para cualquier fin o en cualquier forma

Asimismo, el Protocolo adicional relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía, ratificado por nuestro país en el 2003, plantea y refuerza la obligación del Estado de prohibir penalmente la venta de niños y niñas.

En este contexto, y considerando que el Defensor del Pueblo asumió un papel activo en la lucha contra la trata, tráfico y explotación de personas y que la ausencia de tipificación constituye un vacío legal, se le solicitó a la Comisión Bicameral Permanente que adopte las medidas del caso, de manera tal que el acto de entregar un niño o niña a cambio de una retribución o cualquier otra compensación, cualquiera que sea su forma o su fin, constituya una infracción penal con la sanción inherente.

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