Jujuy: Procesan a ex directivos de «El Aguilar» por colaborar con la represión ilegal

poviña 1Jujuy.- El juez federal de Jujuy Fernando Luis Poviña procesó a dos ex directivos de la Compañía Minera El Aguilar SA. «prestar colaboración» con represores de la última dictadura cívico militar para el secuestro de 27 trabajadores de esa empresa el 24 de marzo de 1976 tras al golpe de Estado. Fuentes judiciales indicaron que el magistrado dictó los procesamientos de Alfredo Luis Arzuaga y Telésforo Zurita, quienes se desempeñaban como directivos de la compañía. El juez los consideró «cómplices secundarios» del secuestro de los obreros dependientes de esa empresa por «haber intervenido en carácter de directivos o personal jerárquico en los delitos de privación ilegítima de libertad agravada por su duración mayor a un mes y torturas cometidos en perjuicio de las víctimas».

«Se les hizo el cargo de haber prestado colaboración en las detenciones y posteriores traslados (de las víctimas) llevados a cabo por las fuerzas de seguridad y el Ejército, facilitando sus datos personales para así posibilitar sus efectivas capturas y los vehículos en los que luego fueron trasladados», dice la resolución.

El juez identificó a las víctimas como Avelino Bazán, Juan Bejarano, Venancio Cárdenas, Rubén Andrés Cari, Anastasio Colmenares, Bruno René Díaz, Efrén Guzmán, Cirilo Carlos Paredes, Santiago Quispe, Alberto Hugo Rodríguez, Mariano Rodríguez, Angel Ricardo Rozo, Mario Fernando Sosa y Alejandro Subelza.

La nómina incluye también a Roberto Valeriano, Eleuterio Zapana, Luis Ramón Romitti, Alberto Aramayo, Carlos Antonio Jiménez, Venancio Cardozo, Faustino Farfán, Bernardo Vázquez, Fausto Calapeña, Reinaldo Aguilar, Martiniano Espinoza, Manuel Bautista González, Demetrio Erdulfo Mendoza, Roberto Quiroga, Roberto Troncoso y Juan Carlos Ovalle.

Todos ellos «se desempeñaban al momento de los hechos bajo dependencia de la Compañía Minera Aguilar SA» se explica en la resolución donde se detalla que «fueron trasladados todos ellos luego de ser detenidos ilegalmente -la mayoría en la localidad de Mina Aguilar- a la ciudad de San Salvador de Jujuy, quedando alojados en la Unidad Penal de Villa Gorriti del Servicio Penitenciario de la Provincia de Jujuy».

En su fallo, el juez explicó que «en definitiva es partícipe quien colaboró o cooperó de alguna forma en el ilícito, pero carece en todo momento del dominio del hecho delictuoso. Surge entonces su responsabilidad de una manera derivada, es decir, se incurre en responsabilidad en virtud de una violación de la ley por la parte principal (el autor), conducta en la cual la parte secundaria (el partícipe), ha contribuido».

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