Jujuy al día® – El Diputado Provincial Daniel Almirón (PJ), envío un proyecto de ley el pasado 20 de marzo del corriente año, referido al pase universal gratuito para el transporte de estudiantes en todo el ámbito de la provincia para que sea tratado en la Legislatura de Jujuy.
FUNDAMENTOS
Que el motivo del presente proyecto es cambiar totalmente los sistemas de ayuda que se han venido implementando generalmente. Esta metodología apunta a terminar con los subsidios a las empresas prestatarias de los servicios de transporte público, dando un giro de 360º y otorgándole un beneficio en forma directa al usuario, es decir al estudiante.
De esta manera hay un control exacto del uso de este beneficio a través de la intervención de las maestras, de los estudiantes y de las familias. De la otra forma en la mayoría de los casos se hacia un numero prorrateado del uso de los pasajes y se le otorgaba ese monto a las empresas, habiendo un despilfarro en los cuales los recursos no son usados en forma directa.
También este nuevo sistema permite que se agregue como trasporte publico de pasajeros al transporte alternativo, dando al pasajero la opción de usar el ticket o boleto en el transporte que mas desee, llámese, remis, taxis compartidos o combis.
De esta manera se entregara una planilla presencial a los alumnos, la cual se gastara según el modo en que lo prefiera cada uno de ellos.
mismo de esta manera se implementa un sistema de acuerdo con el aporte que hará cada uno de los municipios y comisiones municipales, con las cuales se firmara un convenio, en el que se establecerá su cooperación según sus recursos.
En la intención de aportar un sistema diferente es que solicito a los Sres. diputados nos acompañen en la sanción del presente proyecto de ley.-
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE LEY:
ARTÍCULO I: Créase el pase universal para el transporte de estudiantes primarios en todo el ámbito de la provincia
ARTÍCULO II: El pase se otorgara a todos los alumnos que asisten a escuelas públicas de administración estatal y que acrediten una situación económica que amerite la necesidad de esta ayuda.
ARTÍCULO III: El pase podrá ser usado en cualquier medio de transporte urbano, alternativo, taxi, combi, u otro que acepte como medio de pago el creado por esta norma.
ARTÍCULO IV: Se invitara a los municipios para adherirse a la presente ley, quienes deberán establecer previamente, su contribución respecto de sus recursos.
Autorizase al Poder Ejecutivo Provincial a celebrar convenios con los municipios para el cumplimiento efectivo de la presente ley.
ARTÍCULO V: La parte correspondiente que deberá solventar la provincia, se atenderá con los recursos establecidos en el presupuesto provincial para el Ministerio de Educación destinados al transporte de docentes en la provincia.
ARTÍCULO VI: El Poder Ejecutivo Provincial reglamentara en el término de 20 días la presente ley.
ARTÍCULO VII: De forma.-