El Tribunal revocó la prisión domiciliaria de Braga y dispuso su detención en la Unidad Penal Nº 8

Jujuy al día® – Ayer viernes, en una intensa jornada de debate correspondiente a la causa “Aredez, Luis y otros”, el Tribunal Oral Federal resolvió revocar el beneficio de la prisión domiciliaria al imputado Mariano Rafael Braga y dispuso su detención en la Unidad Penal Nº 8. La resolución fue adoptada por el TOF, tras un incidente que se produjo durante la declaración testimonial de Adriana Arédez, hija de los míticos Olga Márquez de Aredez y Luis Aredez, cuya desaparición se investiga en este tramo del juicio.

iniciar su testimonio, Aredez solicitó al TOF que mientras dure su testimonio y el de sus hermanos Ricardo y Olga -que comparecieron posteriormente- el imputado Mariano Rafael Braga permaneciera sin los lentes de sol, sin las curitas de ambos lados de la cara y sin la bufanda. Cabe indicar que desde el inicio del juicio, el imputado ha apelado a todos estos elementos en un intento de ocultamiento y con la clara intención de despistar alos testigos que identifican su participación en la represión, justamente por una cicatriz en el rostro.

Adriana Aredez –en su extenso testimonio- señaló que en la única visita que pudo hacer el 21 de junio de 1976 junto a su madre y su hermana al Penal de Gorriti para entrevistarse con su padre – detenido desde la madrugada del 24 de marzo de 1976- Braga se encontraba en esa unidad. Explicó que su madre le dijo entonces: “ese que está ahí es Braga”. Olga Márquez había conocido al Tte. Braga en las visitas periódicas al Regimiento 20, a donde acudía para conocer el destino de su esposo secuestrado y tramitar su liberación. En esos encuentros Aredez era recibida por el Coronel Bulacios, quien habitualmente se encontraba acompañado por Mariano Braga.

El abogado querellante de la causa Aredez, Oscar Rodríguez (APDH), tras la queja interpuesta por miembros del público presente en la audiencia, quienes escucharon durante la comparencia de Aredez que Braga profería expresiones agraviantes en voz baja contra la testigo y, ante la reacción de la propia testigo por este suceso, solicitó al Tribunal que se le revoque la prisión domiciliara a Braga, por cuando “hoy ya no tiene derecho”.

Explicó Rodríguez que “es grave que en una audiencia pública por delitos de lesa humanidad se destrate a una víctima” y refirió que tres testigos Rubén Adi, Juan Campos y el diputado Miguel Tito escucharon los agravios de Braga hacia Aredez, conducta a la que consideró amenazante. El letrado argumentó que tal actitud incumple disposiciones y reglas de Naciones Unidas para procesos donde se tramitan delitos graves, así como disposiciones de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Además consideró que constituyen un “entorpecimiento probatorio” las estrategias que ha venido usando Braga en el proceso para no ser reconocido. “Nunca ví que un imputado se desfigurara en una causa” afirmó Rodríguez y se refirió puntualmente al uso de gafas oscuras, curitas en la cara y una bufanda con la que Braga busca taparse el rostro.

En esa misma línea, el abogado querellante Ernesto Moreau (APDH) recordó que en el Juicio a las Juntas, un jurista Relator de la ONU solicitó la aplicación de normas de tratamiento a víctimas de delitos graves, aprobadas por el ECOSOC. Dichas normas explicó “no solo obligan a respetar a las víctimas, sino a rendirles homenaje y cuidarlas” y adhirió al pedido del querellante que lo precedió.

Por su parte, la querella de la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación, Juan Manuel Sivila, adhirió también a la solicitud de sus antecesores, y solicitó que se apliquen sanciones ejemplificadoras para no permitir la revictimización de los testigos, al tiempo que solicitó la revocación de la prisión domiciliaria.

En igual sentido se expresó el Fiscal Ad Hoc, Pablo Pelazzo y requirió una sanción a la defensa de Braga por encubrir las amenazas proferidas por su defendido.

El Fiscal del TOF, Francisco Snopek, por su parte consideró que teniendo en cuenta que en lo que resta de este primer juicio por delitos de lesa humanidad, deben declarar alrededor de 90 testigos, no deben admitirse conductas agraviantes como la cometida por Braga y apreció que este precedente puede amedrentar a futuros testigos. Snopek también puso de relieve que este tipo de conductas no corresponde al estado de derecho y pidió también que se revoque la prisión domiciliaria.

Durante el desarrollo de la testimonial de Aredez, finalmente Braga tuvo que quitarse las curitas, la bufanda y, si bien la defensa señaló que el uso de anteojos oscuros responde a una indicación médica, ante el requerimiento de la testigo, tuvo que quitarse los lentes.

“Sí, es Braga” dijo entonces Adriana Aredez al ser consultada respecto a si la persona allí presente, era la misma que había visto en el Penal de Gorriti en 1976.

Al término de las testimoniales de Adriana, Ricardo y Luis Aredez, el Tribunal Oral Federal tomó testimonio a Ruben Adi, Juan Campos y el diputado Miguel Tito, quienes coincidieron en señalar que Braga durante la declaración de Adriana Aredez, dijo por lo menos en dos oportunidades “vieja hija de puta”.

También el Tribunal escuchó al imputado Braga quien se defendió diciendo que solo se había dirigido a su abogado defensor para decirle “quiero un careo con esta mujer” o “esta mujer miente”. Además señaló que su esposa –quien lo acompaña en todas las audiencias- fue insultada por gente ubicada a su lado izquierdo en sala. Si bien el imputado dijo no ver, mencionó curiosamente –como responsables de esos agravios- a la dirigente de HIJOS Eva Arroyo –ausente en esta audiencia-, a la diputada provincial Cristina Romano y a la dirigente de Madres y Familiares de Detenidos Desaparecidos de Jujuy Inés Peña.

Al término de la audiencia, el Tribunal Oral Federal resolvió revocar la prisión domiciliaria a Braga, dispuso su traslado a la Unidad Penal Nº 8 y requirió que se remitan todos los antecedentes clínicos para que se le brinden las medidas sanitarias necesarias y se informe cada 72 horas el estado del imputado, a los fines de su traslado si fuera necesario a un centro médico.

El Tribunal recordó que el 16 de agosto último había dispuesto la continuidad del arresto domiciliario de Braga, atendiendo su comportamiento procesal y su actitud colaborativa. Y fundó su cambio de criterio y la revocación de la domiciliaria en el “acto de hostigamiento” que demuestra, por parte del imputado, un “desapego al marco legal vigente”, “una falta de respeto a las víctimas, a los querellantes, a los fiscales y al tribunal”. Pero además, alegó el Tribunal, ese comportamiento constituye un hecho grave en la medida que lesiona la protección a los testigos y genera inseguridad.

La audiencia continuará este sábado, a partir de las 9:00 horas.

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