Informe del relator de la ONU James Anaya

Jujuy al día® – El COAJ señaló que la distancia que persiste entre los derechos indígenas  y su efectivo ejercicio que observa la Relatoría, debe urgir cambios en los programas y acciones de gobierno.

El COAJ valoró el reciente Informe de la Relatoría de la ONU sobre Derechos de los Pueblos Indígenas que es el resultado de la visita efectuada por el Relator James Anaya a la Argentina entre el 27 de noviembre y el 7 de diciembre de 2011. En ese marco, Anaya arribó a Jujuy y se reunió con comunidades indígenas para conocer problemáticas como las registradas en Salinas Grandes, Abra Pampa, Pan de Azúcar, Humahuaca, Tilcara y Maimará, relacionadas con derechos territoriales, derechos a la salud, la educación, a la consulta y la participación, entre otros. En visita al COAJ, entonces, Anaya escuchó a mujeres indígenas y recibió documentación referida a los obstáculos que en forma particular afectan a las mujeres en el acceso a la educación.

El COAJ –a través de su Coordinadora General Natalia Sarapura- valoró tanto las observaciones  y evaluaciones del Informe como las recomendaciones al Estado Argentino y al Gobierno de Jujuy y señaló que constituyen “un importante insumo que debe convertirse en una guía práctica para mejorar las políticas públicas destinadas a los pueblos indígenas”.

Entre las situaciones de conflicto que destaca el informe se encuentran las generadas por los pasivos ambientales de Metal Huasi (Abra Pampa), Pan de Azúcar, la situación de las comunidades de Salinas Grandes que reclaman su derecho a la consulta y al consentimiento previo libre e informado en el marco del avance de las industrias extractivas como el litio; pero además el informe recupera las situaciones de violaciones de derechos a la educación, a la salud, el desconocimiento del derecho a consulta y consentimiento. Y, en particular, señala la escasa participación indígena en la gestión de la Quebrada de Humahuaca como Patrimonio de la Humanidad, por lo que efectúa recomendaciones específicas.

Señaló el COAJ que “la realidad de los pueblos indígenas de esta provincia tiene una alta presencia en el informe y, de hecho, al único gobierno provincial al que se dirige en las recomendaciones es al de Jujuy”, en relación a la Quebrada de Humahuaca.

La referente del COAJ consideró que el Informe del Relator James Anaya aprecia los avances producidos en Argentina en el reconocimiento de los derechos indígenas, pero al mismo tiempo señala la distancia existente entre el derecho y su efectivo cumplimiento. “Esa brecha es una realidad que el COAJ viene señalando con el objeto de promover políticas públicas que subsanen ese déficit y ayuden a mejorar la calidad de vida de estas poblaciones”.

Sarapura explicó que la Relatoría –en su análisis de la situación de los pueblos originarios- trabaja con los más altos estándares reconocidos en el derecho internacional que deben regir en los países que forman parte del sistema de Naciones Unidas y por ello constituyen un horizonte hacia el cual los estados están obligados a avanzar”.

El informe provee “insumos para que todos los funcionarios y decidores públicos puedan usarlo como herramienta práctica para cumplir con los derechos indígenas” subrayó Sarapura.

La dirigente precisó que la Relatoría de la ONU sobre Pueblos Indígenas es la instancia “más proactiva del sistema”, porque efectúa propuestas concretas para contribuir a que los gobiernos puedan poner en línea sus programas de acciones con los derechos reconocidos.

Si bien las recomendaciones de la Relatoría no son coercitivas y su incumplimiento no es objeto de sanciones, la Relatoría es un organismo de vigilancia que los estados deben observar y cumplimentar.

Además, indicó Sarapura, “la Relatoría puede pedir informes a cerca del cumplimiento de las recomendaciones para actualizar la información sobre las realidades observadas y constituyen un antecedente para las organizaciones y comunidades que -ante la persistente violación de derechos- pueden recurrir a la judicialización” advirtió.

Sarapura destacó que el Informe de la Relatoría formará parte del informe anual al Consejo de Derechos Humanos y agregó que es una herramienta que se lleva también al máximo órgano de la ONU, la Asamblea General.

UN SINTESIS DEL INFORME

El Informe del Relator James Anaya señala que “Argentina ha realizado pasos importantes para reconocer los derechos de los pueblos indígenas” y en esta línea cita las reformas constitucionales así como la ratificación del Convenio 169 de la OIT y la Declaración Universal sobre Derechos de Pueblos Indígenas, así como la Ley 26160 que inicia un proceso para contribuir a la regularización de las tierras indígenas

Sin embargo, observa, “persiste una brecha significativa entre el marco normativo establecido en materia indígena y su implementación real” y por ello considera necesario que “el Estado, tanto a nivel federal como provincial, priorice y dedique mayores esfuerzos a los temas relacionados con los derechos humanos de los pueblos indígenas. En particular insta a los estados a “adoptar políticas públicas claras, así como elaborar medidas legislativas y administrativas adicionales para impulsar un mayor conocimiento y acción estatal en materia indígena entre todos los poderes del Gobierno”.

En informe, el Relator Especial hace un enfoque especial “en temas relacionados al reconocimiento y protección de tierras y recursos naturales, incluyendo el programa de relevamiento territorial y las industrias extractivas y agropecuarias; el acceso a la justicia, los desalojos y la protesta social; y la situación social y económica de los pueblos indígenas, incluyendo educación, salud y desarrollo”.

REFERENCIAS A LA SITUACION DE LOS PUEBLOS INDIGENAS DE JUJUY

* La titulación de tierras por las provincias

En el Informe 2011 el Relator James Anaya, reconoce que en materia de tierras, han existido iniciativas provinciales para regular la posesión indígena de sus tierras” y como resultado de ellas “algunas comunidades cuentan con títulos de sus tierras tradicionales, o por lo menos de parte de sus tierras”.

Describe que en Jujuy, “en el año 1997 el gobierno provincial, dentro del marco de un convenio con el Gobierno federal, inició el Programa de Regularización y Adjudicación de Tierras a la Población Aborigen de Jujuy que pretendía la regularización de más de 1.200.000 hectáreas a favor de familias o comunidades indígenas. Treinta y tres títulos comunitarios fueron entregados a comunidades indígenas en los años 2006 y 2007 bajo este programa. Sin embargo, queda pendiente la titulación de otras comunidades, tanto bajo este régimen como bajo el de la Ley 26160”.

El informe da cuenta de las demoras que registra el proceso de entrega de tierras, algunas de las cuales se han producido por “la insuficiencia de fondos, la complejidad de las situaciones de tenencia de tierras, y la oposición por parte de los terratenientes u otros”.

* Las industrias extractivas

Al respecto el informe indica que “en las zonas desérticas del norte del país, específicamente en las provincias de Salta y Jujuy, representantes indígenas expresaron su preocupación por el consumo de agua que realizan las empresas mineras y el temor de que ello conlleve efectos desastrosos sobre los niveles de este recurso en la zona”.

Menciona el conflicto en “la región de las Salinas Grandes que abarca las provincias de Salta y Jujuy” donde las comunidades temen “que la propuesta de explotación del litio afecte el nivel de agua en esta zona árida, el cual es necesario para la cría de ovejas, cabras y llamas, y es asimismo esencial para la producción y cosecha de la sal, una actividad importante para la economía tradicional de la zona”.

PAN DE AZUCAR Y METAL HUASI

Otra preocupación que reporta el Informe es “la contaminación producida por actividades mineras”, algunas “desarrolladas en décadas anteriores y sin controles medioambientales adecuados”. A propósito señala la situación de la comunidad de Pan de Azúcar, que “sigue sufriendo los impactos de los efectos de la contaminación dejada por una mina de plomo, plata y zinc que dejó de operar en el año 1989. El gobierno provincial ha tomado algunas medidas, como la reparación de parte del dique de cola roto en el año 2011 y el cierre de una escuela que estaba en medio de la zona contaminada en el año 2008 (aunque falta todavía la construcción de una nueva escuela). Sin embargo, permanecen todavía muchas áreas altamente contaminadas, lo cual se ha evidenciado, según sus habitantes, por las lagunas rojas del drenaje ácido, entre otras señales visibles de contaminación. Supuestamente, la única acción tomada por el gobierno ha sido el alambrado de algunas de esas áreas para evitar el ingreso de personas o animales”.

También Anaya incorporó al informe la problemática de Metal Huasi que “surge a partir de la generación de desechos tóxicos y contaminación por plomo, originados por la planta Metal Huasi entre los años 1955 y 1987. En los años 2009 y 2011, el gobierno provincial realizó acciones de traslado y limpieza del área de la anterior planta, lo que el Relator Especial reconoce como un avance positivo, pero todavía existen preocupaciones de que no se hayan tomado medidas adecuadas para atender los problemas de salud de la población, especialmente de los niños”.

El Relator Especial también toma nota de las iniciativas del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) a partir de febrero de 2010 para implementar un plan de remediación ambiental en Abra Pampa.

Explica Anaya que si bien “el Relator Especial no tiene la capacidad técnica ni el mandato para realizar un estudio exhaustivo sobre el estado de contaminación en estas comunidades” afectadas por pasivos ambientales en Argentina, la cantidad de información recibida sobre este tema, así como las situaciones que pudo constatar personalmente, indican que “persisten problemas serios, y que la situación de contaminación, especialmente la contaminación dejada por proyectos clausurados, no ha sido abordada con suficiente diligencia por parte del Gobierno nacional y las provincias.

CONSULTA Y CONSENTIMIENTO

En el análisis sobre industrias extractivas y pueblos indígenas, Anaya señala que “el derecho de los pueblos indígenas a ser consultados, con el objetivo de lograr su consentimiento” ha sido garantizado en el Convenio N.º 169 de la OIT, que forma parte del ordenamiento jurídico interno de Argentina, y por la Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas, que ha sido respaldada por el Gobierno argentino.

Sin embargo, “no existe ley o política alguna, tanto a nivel federal como provincial, que regule un procedimiento de consulta con los pueblos indígenas”.

Observa además que “las leyes sectoriales de la nación, como la Ley de Hidrocarburos y el Código de Minería tampoco se refieren a la consulta con los pueblos indígenas, aunque esta última requiere del permiso de los “propietarios” de suelo para la exploración de minerales”. Del mismo modo, “la Ley General del Ambiente nacional sólo se refiere en términos generales al derecho de “toda persona” a ser consultada, afirmando a la misma vez que “la opinión u objeción de los participantes no será vinculante”.

“Debido en parte a estos vacíos legales y administrativos en relación con los proyectos extractivos, existe una ausencia de procesos de consulta con los pueblos indígenas que cumplan con los estándares internacionales” afirma Anaya y acota más adelante que “por lo general, los pueblos indígenas no participan directamente de los beneficios económicos derivados de estos proyectos. Sin embargo, en algunos casos, las comunidades afectadas han podido negociar el otorgamiento de beneficios con las empresas involucradas, tales como puestos de trabajo, el suministro de agua potable, y la construcción de escuelas o caminos. En todo caso, el Relator Especial advierte que es responsabilidad del Estado proporcionar estos tipos de beneficios”.

 LA QUEBRADA DE HUMAHUACA, PATRIMONIO DE LA HUMANIDAD

Otro problema que advierte el Relator es la designación de sitios de Patrimonio de la Humanidad en tierras ocupadas por pueblos indígenas, como la Quebrada de Humahuaca, provincia de Jujuy.

“Después de la designación de este sitio por la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO) en el año 2003, se produjo un gran aumento del turismo y el valor económico de las tierras que usan y ocupan los pueblos indígenas en la zona. A raíz de ello, la provincia ha entregado títulos de tierras a extranjeros inversionistas, ocasionando, según la información obtenida, el despojo de tierras de las comunidades indígenas aledañas y la reducción de sus recursos de agua. Existe asimismo una falta de participación de las comunidades en el control y manejo del sitio, así como en los beneficios económicos derivados del mismo”.

CONDICIONES SOCIALES Y ECONOMICAS

“Existe todavía en Argentina un conocimiento precario sobre la realidad de los pueblos indígenas del país en términos económicos y sociales” por deficiencias en las herramientas estadísticas. No obstante “la información estadística existente, así como la información presentada al Relator Especial, indican una situación de seria marginalización de los pueblos indígenas, especialmente en algunas regiones y en relación a algunos grupos indígenas. Cabe notar que esta situación se contrasta con la de la población de Argentina en su conjunto, ya que Argentina es uno de los países más desarrollados de América Latina y calificado por las Naciones Unidas entre los países de “muy alto” desarrollo humano en el mundo”.

Con respecto al “acceso a la educación” señaló que “los pueblos indígenas continúan sufriendo serios obstáculos en el acceso a la educación, incluyendo una carencia de escuelas, especialmente para la educación secundaria, en muchas de las comunidades rurales donde habitan pueblos indígenas. Los pueblos indígenas también confrontan barreras particulares por sus condiciones de pobreza, lo cual les obliga a menudo a escoger entre la educación y el trabajo”.

Valora la implementación de becas a alumnos indígenas por parte del INAI y agrega que son “insuficientes en comparación con las necesidades de las comunidades indígenas”.

Según datos de UNICEF, indica la Relatoría, “la gran mayoría de niños indígenas entre los 5 y 14 años asiste a un centro escolar (94,6%). En contraposición, es importante resaltar que entre ciertos grupos indígenas, como los pueblos mbyá guaraní, pilagá, toba, mocoví y wichí, el nivel de asistencia a la escuela para estas edades es mucho menor y, en general, los pueblos indígenas tienden a no terminar los niveles obligatorios de la escuela (hasta la secundaria) y, mucho menos, los niveles universitarios”.

Valora también el reconocimiento en Argentina de la educación bilingüe e intercultural y la legislación y políticas en tal sentido, sin embargo “en todos los lugares visitados, el Relator Especial fue informado de la falta de una adecuada implementación de la educación intercultural bilingüe y de recursos suficientes designados para tal fin. Existe todavía una falta de formación de maestros en el tema, y en particular, de maestros que provengan de las propias comunidades indígenas. Además, se han expresado preocupaciones sobre una falta de lineamientos curriculares de la educación intercultural bilingüe y se alega que los materiales de educación todavía no reflejan adecuadamente las realidades de los pueblos indígenas”.

MUJERES INDIGENAS

Destaca el Informe que “las mujeres y niñas indígenas confrontan retos particulares en relación con el acceso a la educación. Frecuentemente, las niñas carecen de la oportunidad de estudiar, ya que suelen abandonar sus estudios por obligaciones familiares o porque las familias indígenas dan preferencia a los niños”.

Pero además, “las mujeres indígenas sufren peores niveles de educación tanto en comparación con hombres indígenas como en comparación con mujeres no indígenas. Otro problema específico identificado fue la vulnerabilidad de las mujeres estudiantes que emigran a los centros urbanos para acceder a una educación. Las estudiantes tienen que alojarse en albergues durante la semana, donde a veces están en las mismas habitaciones que los estudiantes varones y son supervisadas por hombres. Esta situación deja a las estudiantes en una situación de extrema vulnerabilidad de maltrato sexual, debiendo precisar que en algunos casos las estudiantes han salido embarazadas de los albergues. En las escuelas sin albergues, las niñas a menudo tienen que trabajar para pagar sus gastos básicos de supervivencia, trabajando como empleadas domésticas o niñeras con salarios muy escasos y horas de trabajo muy largas”.

SALUD

Reconoce el informe que en Argentina existe “un alto nivel de accesibilidad de los pueblos indígenas a los servicios gratuitos de salud”. No obstante, “los horarios de atención de los centros de salud en las comunidades rurales son reducidos, y el número de profesionales de salud que atienden y la cantidad de medicamentos y ambulancias disponibles, son insuficientes para las necesidades de las poblaciones indígenas”.

Sin embargo, algunos datos disponibles llaman la atención del Relator Especial. “Un estudio del Ministerio de Salud de 2007 encontró, por ejemplo, que el 12,65% de las mujeres indígenas entrevistadas tuvieron por lo menos un hijo que falleció antes del primer año de vida y que el 60% de estas muertes fueron por causas altamente prevenibles”.

“La situación de pobreza de los pueblos indígenas, especialmente en las áreas rurales del norte del país, es uno de los factores que más contribuyen a sus problemas de salud, según el Ministerio de Salud” agrega Anaya.

En el Informe el Relator Especial observa también que “los pueblos indígenas en Argentina sufren bajos niveles de desarrollo económico y social en comparación con los sectores no indígenas del país. Según el UNICEF, el 23,5% de los hogares indígenas se encuentran con las necesidades básicas insatisfechas, en comparación con el 13,8% de los hogares no indígenas”.

En este marco, el Relator señala que “existe una falta de respuesta adecuada por parte de las autoridades ante los reclamos de los pueblos indígenas en cuanto al acceso de servicios en sus comunidades. Por ejemplo, en la comunidad de Aguas Calientes, departamento de El Carmen, provincia de Jujuy, varias familias en la comunidad alegan no contar con un techo propio y no tener agua potable, a pesar de haber denunciado reiteradamente esta situación a las autoridades. También en la Quebrada de Maimará, provincia de Jujuy, el Relator Especial fue informado sobre los esfuerzos de los miembros de las comunidades de la región para crear la infraestructura necesaria para traer agua potable a la zona donde viven, ante la falta de acción de las autoridades”.

CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES DEL INFORME DEL RELATOR

Una de las principales recomendaciones del Relator de naciones Unidas para los Pueblos Indígenas señala que “el Estado debe adoptar políticas públicas claras, así como elaborar directrices para los funcionarios de gobierno tanto a nivel federal como provincial, y medidas legislativas y administrativas adicionales para impulsar un mayor conocimiento y acción estatal en materia indígena entre todos los interesados, incluyendo ministerios, parlamentarios, autoridades judiciales y otros funcionarios encargados de hacer cumplir la ley”.

Recomienda además “actualizar, en la medida necesaria, la normativa legal, incluyendo el Código Civil, el Código Penal, el Código Minero y otra legislación nacional y provincial relevantes, para que no sea contradictoria con lo establecido por la Constitución Nacional, la legislación federal o los estándares internacionales en materia de pueblos indígenas. En todo caso, las leyes vigentes deben ser interpretadas y aplicadas de conformidad con los derechos de los pueblos indígenas reconocidos”.

El Relator Especial reconoce el trabajo del INAI, pero indica que se deben implementar todas las medidas necesarias para incrementar su presupuesto y la participación indígena en las políticas.

* Reglamentación de la consulta

El Relator recomienda al Estado “elaborar un mecanismo o procedimiento de consulta, de acuerdo a los estándares internacionales, para aumentar la participación de los pueblos indígenas en las decisiones que les afectan9, lo que podría ser desarrollado con el apoyo del sistema de las Naciones Unidas en Argentina”.

* Tierras y recursos naturales

“El Gobierno nacional y los gobiernos provinciales deben redoblar esfuerzos para coordinar acciones para realizar el debido relevamiento territorial y reconocimiento de la personería jurídica de las comunidades o pueblos indígenas” y solicita que se proporcione apoyo técnico a los pueblos indígenas para poder preparar la documentación pertinente.

“Dado los retrasos en el proceso de relevamiento bajo las Leyes 26160 y 26554, el poder legislativo debe contemplar la ampliación de los plazos de estas leyes más allá del año 2013”

“Es necesario avanzar con el desarrollo de mecanismos y procedimientos efectivos para la demarcación y el reconocimiento legal de los territorios sobre los cuales los pueblos indígenas tienen derechos. Los procesos establecidos para tales fines deben ser llevados a cabo en consulta con los pueblos indígenas”.

* Industrias extractivas

“De conformidad con los estándares internacionales aplicables, se deben llevar a cabo consultas con las comunidades que puedan verse afectadas por proyectos de desarrollo y explotación de recursos naturales con el objetivo de obtener su consentimiento libre, previo e informado sobre los aspectos de estos proyectos que afecten sus derechos humanos” dice el Relator e insiste con que “esto podría ser facilitado a través de la reglamentación de un procedimiento de consulta con los pueblos indígenas”.

Además recomienda al Gobierno nacional y a los gobiernos provinciales “desarrollar estudios exhaustivos sobre los posibles impactos sociales y ambientales, incluyendo sobre los recursos naturales como el agua, y sobre los derechos de los pueblos indígenas” que los proyectos de industrias extractivas pudieran ocasionar.

Y señala que “se deben tomar medidas adecuadas de mitigación de impactos, reparación y justa compensación a las comunidades indígenas afectadas por los daños”

Quebrada de Humahuaca

Una de las recomendaciones está orientada a que el Estado facilite el aprovechamiento -por parte de las comunidades originarias- de los beneficios turísticos y de otra índole en los sitios que fueran declarados parques nacionales o áreas protegidas y que sean parte de territorio indígena.

En particular en relación con la Quebrada de Humahuaca, declarada como Patrimonio de la Humanidad por la UNESCO, “el Gobierno nacional, el gobierno provincial de Jujuy y los representantes de la UNESCO deben fortalecer la participación de los pueblos indígenas en las zonas aledañas al sitio en el manejo de éste, asegurando a su vez, que estos pueblos puedan mantener sus actividades tradicionales y de subsistencia dentro de la Quebrada de Humahuaca.”

* Desalojos y acceso a la justicia

El Relator Especial “hace un llamado al Gobierno nacional, y especialmente a los gobiernos provinciales y a los tribunales, para que apliquen la letra y el espíritu de las Leyes 26160 y 26554 y suspendan todos los actos procesales o administrativos de desalojo de comunidades indígenas hasta que se realice el proceso de relevamiento técnico-jurídico de las tierras ocupadas por pueblos indígenas”. También el llamado incluye el desarrollo de acciones que favorezcan el acceso a la justicia por parte de los pueblos indígenas.

Por eso, recomienda además “emprender programas de capacitación para funcionarios del poder judicial a nivel nacional y provincial sobre las normas nacionales e internacionales en materia de pueblos indígenas, y en particular sobre los derechos a sus tierras y recursos naturales”.

* Protesta social y criminalización

El Relator Especial observa que la falta de un mecanismo para reivindicar los derechos a las tierras tradicionales indígenas o para reparar a los pueblos indígenas por la perdida de sus tierras podría haber contribuido a un ambiente de enfrentamiento en el que algunos miembros de pueblos indígenas se habrían sentido sin opciones adecuadas y, por ende, habrían optado por la protesta social que en algunos casos implicaría la comisión de actos contrarios al orden público.

“Existe la necesidad de revisar la política penal aplicada en los últimos años respecto a las personas indígenas y sus actos de protesta, con la finalidad de que la política penal se oriente a la búsqueda de soluciones que permitan la compatibilidad entre los fines de orden público y el respeto a las normas internacionales de derechos humanos. Del mismo modo, el Estado debe adoptar medidas para prevenir, investigar y sancionar los actos de violencia, las amenazas e intimidaciones contra los miembros de pueblos indígenas, tanto por parte de funcionarios públicos como de particulares”.

* Condiciones sociales y económicas

“El Estado debe tomar medidas para recoger mayores datos oficiales sobre la situación social y económica de los pueblos indígenas, especialmente en el área de la salud. Dichas estadísticas son necesarias para el desarrollo de programas y políticas públicas que respondan efectivamente a los problemas que siguen confrontando los pueblos indígenas a lo largo del país”.

* Educación

El Relator Especial insta al Gobierno federal y a los gobiernos provinciales a tomar medidas para eliminar las barreras que limitan el acceso a la educación por parte de los pueblos indígenas, especialmente en los niveles superiores, a través del establecimiento de más escuelas secundarias en áreas rurales y el otorgamiento de más becas a estudiantes indígenas, entre otras medidas”.

El Estado “debe prestar especial atención a los pueblos indígenas que tienen menores niveles de asistencia escolar, en particular los pueblos mbyá guaraní, pilagá, toba, mocoví y wichí”.  Y debe redoblar los esfuerzos y recursos para implementar efectivamente la EIB

En particular, “el Estado debe implementar medidas para capacitar docentes indígenas en la educación intercultural bilingüe y desarrollar mayores lineamientos curriculares y materiales en este sentido, en consulta con los pueblos indígenas”.

También señala Anaya que “el Estado debe ampliar sus esfuerzos para responder a los problemas estructurales que enfrentan las mujeres y niñas indígenas en acceder a la educación. Asimismo, debe asegurar que las niñas indígenas que se encuentren estudiando en las escuelas albergues en áreas urbanas no enfrenten condiciones que las dejan vulnerables a la discriminación y maltrato.

* Salud

El Relator Especial reconoce el alto nivel de accesibilidad, en general, de los pueblos indígenas a los servicios gratuitos de salud del Estado. Pero indica que “es necesario ampliar las horas de atención, el número de profesionales que atienden a los pacientes, y la cantidad de medicamentos disponibles en los centros de salud, especialmente en las áreas rurales”.

Además, “debe implementar acciones concertadas para responder a los factores estructurales que contribuyen a los problemas de salud de los pueblos indígenas del país, incluyendo las situaciones de pobreza y la falta de acceso a sus tierras y recursos naturales tradicionales. Es necesario también combatir la discriminación que confrontan los pueblos indígenas en los centros de salud, y tomar las medidas necesarias para asegurar que los pueblos indígenas que mantienen sus idiomas puedan comunicarse y comprender a los funcionarios del sistema de salud”.

* Desarrollo social

Finalmente, con respecto al desarrollo, social, la relatoría recomienda al Gobierno nacional y los gobiernos provinciales “realizar mayores esfuerzos para responder a las solicitudes de los pueblos indígenas en relación con el acceso a servicios básicos en las áreas rurales, especialmente los servicios del agua. En este sentido, el Estado debe adoptar una visión a largo plazo para el desarrollo social de estas áreas, tomando en cuenta la importancia que revisten las tierras tradicionales para las vidas y culturas de los pueblos indígenas”.

Además observa que “necesitan ser fortalecidas las iniciativas de desarrollo propuestas por los mismos pueblos indígenas que promuevan el manejo propio de sus recursos naturales y la auto-suficiencia económica de sus comunidades”.

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