Jujuy al día® – (Libro de Acordadas Nº 14 Fº 459, Nº 250). En la ciudad de San Salvador de Jujuy, Departamento Doctor Manuel Belgrano, capital de la Provincia de Jujuy, República Argentina, a los veinte días de diciembre de dos mil once, los señores Jueces titulares del Superior Tribunal de Justicia, Doctores Sergio Ricardo González, José Manuel del Campo, María Silvia Bernal, Clara Aurora De Langhe de Falcone y Sergio Marcelo Jenefes, bajo la presidencia del primero de los nombrados, Consideraron: Que mediante Decreto Nº 42-G-2011, el Poder Ejecutivo de la Provincia otorga asueto a la Administración Pública Provincial, para los días 26 del mes de diciembre en curso, y el día 2 de enero del 2.012; y para los días 23 y 30 del corriente a partir de horas 12, con motivo de la celebración de las Fiestas de Navidad y Año Nuevo.
Esto así y contemplando la situación de los señores Abogados, Magistrados, Funcionarios y empleados que por razones de distancia deban trasladarse a otras localidades, se estima pertinente adherir al mismo, y declarar asueto administrativo los días 26 del corriente mes y el 2 de enero del 2.012, como así también, se dispone la inhabilidad de esos días para los términos procesales.
Asimismo, se establece asueto administrativo en todas las dependencias del Poder Judicial los días 23 y 30 del corriente, a partir de horas 12.
Por ello, en uso de sus atribuciones constitucionales (arts. 146 apartado 3 y 167 de la Constitución de la Provincia, artículo 49 de la Ley 4055), el Superior Tribunal de Justicia,
Resuelve:
1º) Adherir al Decreto Nº 42- G-2011, dictado por el Poder Ejecutivo, y disponer asueto administrativo en todas las dependencias del Poder Judicial de la Provincia, los días 26 del mes en curso, como así también el día 2 de enero del 2.012, y declararlos inhábiles a todos los efectos procesales.
2º) Establecer asueto administrativo en todas las dependencias del Poder Judicial los días 23 y 30 del corriente mes y año, sólo a partir de horas 12.
3º) Registrar, dejar copia en autos y notificar.