Jujuy al día® – El 18 de noviembre será día no laborable en todo el ámbito provincial en virtud a lo establecido por Ley Nº 5005, modificatoria de la Ley Nº 4059.
Ese día se conmemora el 177º Aniversario de la Autonomía Política de Jujuy, en todo el territorio provincial, rememorando el acontecimiento histórico ocurrió en el año 1834, fecha en donde Jujuy consigue su autonomía de la entonces Gobernación de Salta y el coronel José María Fascio se constituye en el primer Gobernador de la Provincia.
El texto de dicha Ley, dice: “Modificatoria de la Ley 4059”. Artículo 1º.- Modificase el texto del Artículo 2º, de la Ley Nº 4059, que quedará redactado de la siguiente forma: “Artículo 2º. Días no laborables: a) Son días no laborables en la Provincia, los siguientes: 7 de Octubre; 18 de Noviembre y Martes de Carnaval. b) Son días no laborables en las ciudades y pueblos de la Provincia los correspondientes a los actos centrales religiosos de las celebraciones patronales, con que se honra al Santo del lugar dispuesto por autoridades eclesiásticas y municipales”.