Jujuy al día® – La Justicia de Jujuy rechazó el pedido de ejecución de astreintes de un particular, debido a que la aplicación de la sanción conminatoria se produjo en 1996 y la actora reclamó el incumplimiento más de quince años después. El Tribunal consideró que había «dejadez y desinterés», no sólo de parte de los accionados que no cumplieron, sino también en la propia interesada.
El Superior Tribunal de Justicia de Jujuy, integrado por los magistrados Clara Langhe de Falcone, José Del Campo, María Silvia Bernal, Sergio Jenefes y Sergio González, rechazó el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por una mujer con el objeto de que se admita su pedido de ejecutar las astreintes que se habían fijado, en proceso por reajuste de haberes, en 1996.