Jujuy al día® – El 7 de octubre será día no laborable en todo el ámbito provincial en virtud a lo establecido por Ley Nº 5005, modificatoria de la Ley Nº 4059.
Cabe recordar que la Virgen María de Río Blanco y Paypaya es la Santa Patrona de la Provincia de Jujuy.
El texto de dicha Ley, dice: “Modificatoria de la Ley 4059”. Artículo 1º.- Modificase el texto del Artículo 2º, de la Ley Nº 4059, que quedará redactado de la siguiente forma: “Artículo 2º. Días no laborables: a) Son días no laborables en la Provincia, los siguientes: 7 de Octubre; 18 de Noviembre y Martes de Carnaval. b) Son días no laborables en las ciudades y pueblos de la Provincia los correspondientes a los actos centrales religiosos de las celebraciones patronales, con que se honra al Santo del lugar dispuesto por autoridades eclesiásticas y municipales.”
Artículo 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial. Sala de Sesiones, San Salvador de Jujuy, 17 de julio de 1997.