Jujuy al día® – La Dirección Provincial de Rentas informó que desde el 1º de agosto de 2011, se reciben solicitudes de renovación de las exenciones para el Impuesto Inmobiliario, por el periodo 2012/2013, hasta el día 30 de septiembre del corriente año, de acuerdo a lo dispuesto por Resolución General Nº 1255/10.
También se comunicó que la renovación de exenciones correspondientes a los trámites por “Bien de Familia” y “No Videntes u otros Discapacitados”, a partir del presente año se efectuarán de manera automática, es decir que los contribuyentes titulares de esos beneficios no deben presentarse a realizar la renovación de la exención otorgada oportunamente, salvo en el caso de aquellos que lo soliciten por primera vez. La nueva medida fue dispuesta por Resolución General Nº 1267/11 para dotar a la operatoria de mayor agilidad y eficiencia.
Los restantes tipos de exenciones, deben gestionarse personalmente, operatoria que comprende:
a) Contribuyentes Jubilados y Pensionados.
b) Contribuyentes titulares de Única Propiedad.
c) Contribuyentes con Necesidades Básicas Insatisfechas.
El trámite debe ser realizado en la Delegación donde el contribuyente posee jurisdicción de acuerdo a su asiento domiciliario, siendo el horario de atención: Casa Central (Lavalle Nº 55 – S. S. de Jujuy) de 7:30 a 18:30 horas. En Delegaciones y Receptorias Fiscales del interior de la provincia en su horario habitual de atención.
Para evitar demoras innecesarias, se recomendó no esperar los últimos días de vencimiento para realizar la gestión.
Para mayor información, dirigirse a las dependencias de la Dirección Provincial de Rentas, sita en Lavalle 55 o en Delegaciones del interior, en el horario habitual de atención o consultar telefónicamente al 422-1383 Int. 49.