Jujuy al día® – La Fiscalía General del Superior Tribunal de Justicia recuerda a las personas interesadas en la adopción de niños y/o adolescentes que para ser considerados como postulantes a la misma deberán, indefectiblemente, estar inscriptos en el Registro Único de Adopción, en cumplimiento de la legislación vigente.
En ese sentido, quien desea postularse para adoptar, en primer lugar, deberá dirigirse al Registro antes mencionado donde recibirá la información necesaria y será atendido por equipos interdisciplinarios.
En la provincia de Jujuy el Registro Único de Adopción funciona en el 9no piso del edificio central de Tribunales, Argañaraz esquina Independencia, de esta ciudad, la inscripción NO tiene costo alguno y NO necesita de la participación de abogado en la realización de los trámites.
Por ello, al haberse detectado y frustrado, por parte de la justicia provincial, hechos de entrega de guarda de menores otorgada en sede administrativa o por escritura pública, se recuerda que las mismas están prohibidas por la ley, aplicándose en consecuencia la legislación vigente.
La única autoridad que puede determinar que un niño o adolescente está en condiciones de ser adoptado es el Juez con competencia en la materia, trámite que se formaliza en el marco de un expediente judicial, con la citación de los padres de origen, lo que garantiza la transparencia del procedimiento y principios constitucionales de legalidad.
De esta manera los niños, niñas y adolescentes privados de su medio familiar, o cuyo superior interés exija que no permanezcan en ese medio, tienen derecho a la protección y asistencia especial del Estado entre cuyos cuidados se encuentra la adopción.
La adopción surge entonces, como posibilidad real, respetuosa de los derechos de los niños y adolescentes, toda vez que el Estado intervino y agotó todos los mecanismos previos para que puedan permanecer con su familia de origen.