Ante la posible reincorporación de la figura del infanticidio en el Código Penal podría haber un vuelco en la causa de Romina Tejerina
Mariana Vargas: “se aplica la ley penal más benigna, especialmente en el caso de Romina”
Jujuy al día – En una entrevista exclusiva para nuestro medio la Abogada de Romina Tejerina, Mariana Vargas, se refirió a las posibles derivaciones para su defendida por la argumentación del doctor Zaffaroni en el Congreso, para que se incorpore la figura del infanticidio en el Código Penal. También comentó acerca de otros casos judiciales en Jujuy, que tienen que ver con el abuso sexual y violación de mujeres, en los que se reclaman penas más severas que las establecidas.
Vargas manifestó que “en realidad no es que hubo un cambio: nosotros desde hace mucho tiempo venimos planteando, y ya hubo muchos proyectos de ley para que se incorpore la figura del infanticidio en el Código Penal. El último fue presentado por la diputada Diana Conti, y este proyecto se aprobó en la comisión”.
A esto agregó que “Zaffaroni fue a fundamentar, porque lo central del fundamento del proyecto de ley es la historia de Romina. Se aprobó en comisión, así que ahora estamos esperando que los diputados lo aprueben”.
En cuanto a las consecuencias judiciales, en caso de que se aprobara, “todas aquellas mujeres que hayan sido condenadas en el país, por situaciones que entran dentro de la figura del infanticidio, serían beneficiadas. Porque se aplica la ley penal más benigna, especialmente en el caso de Romina”.
En definitiva, “serían todas las mujeres que después del parto matan a sus bebés, justamente por estar sometidas a ese estado puerperal, que modifica la situación psíquica y física de la mujer”.
Por otra parte, en cuanto a la apelación que están llevando a cabo, “el fallo es de la Sala 3 de la Cámara Penal de Jujuy, y el hecho ocurrió en El Carmen. Se trató de una patota que atacó a una pareja de jóvenes, lo desmayó al varón mediante la violencia y abusó sexualmente de la mujer. El juicio fue la semana pasada y la sentencia nosotros entendemos que ha sido demasiado benevolente, porque más allá que no hayan sido directamente quienes abusaron sexualmente de la joven, sí ejercieron una violencia y tuvieron una participación para poder someterla”.
Por lo tanto, “estamos en contra de que se haya aplicado una pena a 8 años de prisión, cuando hasta el propio abogado defensor de uno de los procesados, luego de pedir la absolución se adhirió a lo que había pedido el fiscal, que era una prisión de 12 años. Entonces, si el propio abogado defensor plantea eso, está claro que la sentencia no tuvo en cuenta todo el daño que causan estos hechos”.
En este sentido, “es una joven que después de abusada dejó de ir a la escuela por vergüenza, y hubo circunstancias del hecho que motivan que se aleje la condena del mínimo de prisión “.
En lo que hace al caso de San Pedro, de jóvenes que han abusado sexualmente de una chica de 15 años, previamente drogada, y luego subido este hecho mediante un video a Internet, “penalmente son cuestiones que están tipificadas: esta chica estaba drogada, por lo tanto estaba inconsciente. Es muy común en Jujuy que los remiseros, cuando van a buscar a las chicas de los bailes, que salen borrachas, abusen sexualmente de ellas, y el hecho de que estén borrachas no implica que no exista abuso”.



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