Demanda contra la A.N.Se.S.: Un testigo podrÃa comparecer llevado por la fuerza pública
Sr. Director: Un testigo ofrecido por la propia A.N.Se.S. Delegación Jujuy, en la “Demanda Judicial por Apelación de Resolución Administrativa” que corre en el Expte. 179/06, iniciado por el periodista Hugo César Pérez López, contra el organismo nacional, podría ser obligado a comparecer por la fuerza pública, si no se presenta en la audiencia del 27 de junio de 2008 a las 10hs., en el Juzgado Federal a cargo del Juez Dr. Olivera Pastor. El hecho, de llegar a esas instancias, bien podría calificarse de bochornoso y ridículo, atento que el testigo fue ofrecido por la demandada y no por el demandante Pérez López. La insólita postura del Área Legal del organismo nacional, de solicitar el no comparendo de su testigo, pone de manifiesto la flaqueza de estrategia para refutar la demanda del periodista. El Juez interviniente, dio curso favorable al pedido de comparendo reflejado en Acta de la última audiencia, por parte del Dr. Pablo Najar, patrocinante del demandante, dando así la igualdad a derecho de las partes involucradas.
El reclamo
El periodista Hugo Pérez López ante nuestra consulta dijo que “el reclamo es por: restitución efectiva del derecho al beneficio del actor; la determinación – desde el inicio – del haber del beneficio jubilatorio como retiro por invalidez y el cálculo y pago por diferencias adeudadas desde el otorgamiento hasta la fecha con intereses idénticos calculados para la formulación de cargos que se efectuó; pago de haberes que no se abonaron desde la baja hasta la restitución como consecuencia de la transformación ( Retiro por Invalidez a Minusvalía); eliminación de cargos por supuesta percepción indebida y restitución de tales montos con idénticos intereses solicitados anteriormente y la formación de Sumario Administrativo y aplicación de sanción a los responsables por negligencia administrativa”, agregando que, según se lo hizo saber su abogado, “la comparencia de esta suerte de testigo rebelde, mediante la fuerza pública, si bien no está decretado puede ocurrir así, ya que el Juez Dr. Carlos Olivera Pastor en su determinación dice textualmente que ¨Vista el desistimiento de la testimonial de (me reservo identidad del testigo) formulado por la Dra. Vaca en el Acta que antecede y, la oposición formulada por la parte actora, en atención a las razones invocadas por esta última a fin de garantizar el derecho de defensa al desistimiento de esta prueba, no ha lugar, fijándose la siguiente fecha de nueva audiencia testimonial para el 27 de Junio de 2008 a las 10 hs., para que lo haga el testigo nombrado¨; es decir, queda claro la obligación de asistir que tiene ese empleado so pena de ser sancionado”
Testigos
“Recordemos que la causa data aproximadamente del año 2003, cuando una supuesta denuncia anónima telefónica ingresante a la A.N.Se.S contra mi persona – y que involucraba gratuitamente a Canal 4 – me colocaban como violador de la Ley del Trabajo, por tener una relación de dependencia no permitida al ser beneficiario de una Jubilación por Discapacidad, pero que – ante mi presentación espontánea en la A.N.Se.S. – se me informó que el sistema me tenía cargado como Jubilado Ordinario y que, por tal motivo, no existía problema alguno”, sostuvo nuestro entrevistado y agregó: “al año siguiente me hicieron los cargos, me quitaron el beneficio, me dejaron sin obra social y tuve que demandar, de tal forma que el por entonces Jefe de Personal de Canal 4, dio su testimonio, en audiencia, de aquellas gestiones que encaró en mi compañía, identificando a los empleados que informaron erróneamente. Lo que concordaba con el testimonio de otro empleado de Canal 4 conocedor del tema, quien dio cuenta de que – tanto por parte del Jefe de Personal como de la mía – existió siempre la voluntad de encuadrar a la empresa y a mi figura en términos legales, buscando la conversión de aquella Jubilación por Discapacidad en Jubilación por Minusvalía, finalmente logrado, permitiéndome la relación de dependencia laboral. Es decir, aportamos hechos irrefutables a favor de Canal 4 y de mi persona”.
En relación al acceso a copias de los testimonios de testigos ofrecidos por la A.N.Se.S., Pérez López se mostró sorprendido y explicó el motivo: “una de las computistas llevadas al estrado poco más dio la sensación de que trabaja en otro organismo por el desconocimiento generalizado de procedimientos que hizo de los hechos ante preguntas de mi abogado: tales como achacarle a la precariedad del sistema de liquidación el error de haber cargado dos resoluciones – primero una por Jubilación Ordinaria – y cuando el operador del sistema se dio cuenta del error, habría incorporado los datos correctos que supone se me habrían notificado. Sobre el sistema de anulación de fojas dijo que no sabe como se hacía. Igual respuesta dio cuando se le preguntó por qué – si estaba notificado de una Jubilación por Discapacidad – no se me citó, como indican los procedimientos, al tercer año de su otorgamiento a nueva junta médica. Preguntada sobre significados de códigos en fojas del expediente que se le exhibían, reiteró que no sabe, es decir, no pudo contra las pruebas aportadas por mi abogado y, en parecido tenor, dio su testimonio otra empleada de la A.N.Se.S. con el agravante a mi favor que dijo que sí hay un reclamo mío pidiendo rectificación de haberes después del otorgamiento del beneficio. Modestamente debo interpretar que – allá por 1995 – daban trámite a presentaciones sobre un beneficio sin seguir lineamientos previstos por Ley, como debiera haber sido una nueva junta médica, quedando claro que ya por entonces el sistema me tenía cargado erróneamente, como lo muestra el expediente que ventilamos”.
HPL



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