“Protocolo en Mediación Penal Juvenil Restaurativa y Acuerdos Restaurativos”

Jujuy al día® – La Secretaria de Prensa y Difusión del Ministerio Público de la acusación informa que el día 08 de mayo de 2019,  mediante Resolución MPA N°1511/2019 se adhirió al “Protocolo en Mediación Penal Juvenil Restaurativa y Acuerdos Restaurativos” aprobado por Resolución 813/2018 del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación; y se dispuso que los Fiscales de Niñas, Niños y Adolescentes, y los Ayudantes Fiscales propicien en las causas en donde aparezcan acusados menores, la aplicación de las Mediaciones y los Acuerdos Restaurativos, conforme lo dispuesto por el  “Protocolo en Mediación Penal Juvenil Restaurativa y Acuerdos Restaurativos”.

Resulta necesario en nuestra provincia adoptar medidas que permitan la aplicación de la mediación y acuerdos restaurativos en el ámbito de la justicia penal juvenil. Por ello, la implementación de los principios de justicia restaurativa y la aplicación de la mediación en los procesos en donde se encuentran acusados menores, resultan fundamentales para fortalecer los lazos sociales, evitar la recurrencia, y construir una mejor sociedad.

Este Protocolo de Actuación Federal tiene por objetivos:

A- Promover la mediación penal juvenil y los acuerdos restaurativos como una práctica transformadora tendiente a restablecer derechos vulnerados acentuando la calidad de un proceso humano más que la obtención de un resultado.

B- Permitir a las víctimas o los ofendidos del ilícito penal expresarse y que su opinión y sus necesidades sean tenidas en cuenta, otorgándoles el protagonismo que ameritan.

C- Permitir a la comunidad  recuperar el tejido social dañado y trabajar sobre la construcción de seguridad fundada en la confianza comunitaria.

D- Facilitar el acceso a la justicia a los ciudadanos posibilitando formas ágiles y participativas de la resolución de los conflictos.

E- Reducir los impactos relativos a la estigmatización o de la victimización de los protagonistas dentro de un espacio humanizado.

F- Fomentar la internalización de responsabilidad y protagonismo del joven ofensor en la autocomposición del conflicto, a partir de un espacio de dialogo y escucha acorde con su grado de madurez y desarrollo.

G- Procurar la reparación del daño a través de un proceso de autocomposición y de pasificación del conflicto.

H- Propiciar el trabajo en red y la participación de organizaciones públicas y estatales y de la sociedad civil y/o miembros de la comunidad que faciliten la realización efectiva y eficiente de la mediación penal juvenil.

I- Prevenir la reiteración de conductas delictivas.

J- La Ley 26.061 y todos los ordenamientos normativos comprensibles del Sistema de Promoción y Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes.  

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