Ejercicio de Juicio por Jurado en Jujuy

Jujuy al día® – Con el objetivo de socializar entre la sociedad civil y brindar herramientas de perfeccionamiento entre los letrados judiciales de nuestro medio, dentro del marco del proceso de modificación del Código Procesal Penal, el próximo martes 11, se cumplirá un ejercicio – simulacro de ”Juicio por Jurado” el que se desarrollará en el Centro Cultural Éxodo Jujeño, de 14 a 18 horas.

En ese sentido, el Ministro de Gobierno y Justicia, Oscar Agustín Perassi, señaló que en Jujuy se está trabajando en la Reforma del Código Procesal Penal con la idea de agilizar los trámites judiciales de manera que no sea tardía, sobre todo en materia penal.

Dentro de ese marco, dijo, que “deben existir en nuestra provincia los juicios por jurado, para que la sociedad se vaya involucrando antes de tomar las decisiones finales sobre ese tema”.

Con esa finalidad, explicó, el próximo martes se realizará un simulacro de juicio por jurado en nuestro medio, el que contará, merced a las gestiones de la Diputada Nacional, Gabriela Burgos, con la presencia del doctor Alejandro Cascio, Juez de la Cámara de Apelaciones y Garantías en lo Penal de Quilmes; la doctora Laura Zyseskind, Fiscal de San Isidro y el doctor Daniel González Stier, Defensor Oficial del Poder Judicial de Buenos Aires.

A ellos, se sumarán la doctora Gladys López, Defensora Oficial del Departamento Judicial de La Plata y el doctor Joaquín Freire, de la Defensoría General de la Nación.

Continuando, indicó que del ejercicio judicial tomarán parte el Ministerio Público de la Acusación el Ministerio de Gobierno y la comisión que trabaja en la reforma del Código Procesal Penal.

Puntualizó que a la fecha ya son más de 80 los ciudadanos que se anotaron en la página del Ministerio Público de la Acusación, interesados en participar como jurados, el que estará compuesto por seis mujeres y seis varones, siendo único requisito, ser mayor de edad.

No se requiere formación especial alguna ya que se trata de un simulacro explicativo que estará a cargo de los magistrados y letrados que llegan desde Capital Federal.

Señaló que sorprendió la gran cantidad de inscriptos interesados en participar, por los que la designación será por sorteo.

De igual manera, invitó a participar a todos los actores de la Justicia de nuestro medio y colegios profesionales en la materia, ya que son temas que van a venir porque es la tendencia que se está dando en todo el país. Hay provincias que ya lo tienen funcionando con la totalidad de ciudadanos comunes y en otras, para casos particulares, con jurados mixtos compuesto por ciudadanos conjunto con profesionales judiciales.

Adelantó que seguramente será una buena experiencia para ir tomando conciencia y explicarle a la sociedad de tal manera que cuando llegue el momento de su aplicación efectiva, ya esté perfectamente socializado, concluyó.

Aquellas personas que quieran participar del mismo como JURADO, podrán inscribirse hasta el viernes 7 de diciembre en la siguiente dirección: http://www.mpajujuy.gob.ar/simulacro.php.

Experiencia en otras jurisdicciones

Los jurados populares están integrados por 12 personas que están en igualdad de condiciones al acusado. Resuelven si una persona es culpable o no. La pena de la condena lo decide el juez a cargo. Por ahora las provincias que lo implementan son Buenos Aires, Córdoba, Chubut y Río Negro.

Podrán ser parte del jurado los argentinos nacidos o naturalizados con no menos de cinco años de ciudadanía, que tengan entre 21 y 75 años. Deben entender “plenamente” el idioma nacional, estar “en pleno ejercicio de los derechos ciudadanos” y gocen de aptitud física y psíquica suficientes para el desempeño del cargo. Sólo podrán serlo quienes tengan en el DNI domicilio en el distrito donde se realizará el juicio.

No podrán integrar los jurados populares aquellos que desempeñen cargos públicos por elección popular o con rango equivalente o superior a Director, en el Estado Nacional, Provincial o Municipal, o en entes públicos autárquicos o descentralizados, ni los representantes de órganos legislativos de los tres estamentos.

Tampoco podrán, los funcionarios o empleados del Poder Judicial Nacional o Provincial, integrantes en servicio activo o retirados de las fuerzas de seguridad, del Servicio Penitenciario, los directivos de agencias de seguridad privada y quienes hubiesen sido cesanteados o exonerados de la administración pública nacional, provincial o municipal o de las fuerzas de seguridad.

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