Ley de Extinción de Dominio: «es una herramienta necesaria»

Jujuy al día®- En una entrevista con nuestro medio, el diputado provincial Ramiro Tizón se refirió al proyecto de ley de Extinción de Dominio, el cual está a punto de resolverse en la Cámara Alta. Indicó que, según su conocimiento, en nuestra Legislatura no ingresó algún proyecto para un debate.

Ramiro Tizón. Foto: Edgardo Valera

En declaraciones al diario JUJUY AL DÍA®, Ramiro Tizón expresó que, tanto el aborto legal, como la extinción de dominio “se tratan de leyes que son de materia delegada a Nación por lo tanto deben de ser tratadas por la Nación, pero esto no quita que en la provincia se pueda presentar, sobre todo lo referido a esto último, la extinción de dominio, algún proyecto dado que hemos vivido periodos de alta cantidad de hechos de corrupción y la ley lo que trata es que puedan ser utilizados esos bienes, que son producto de hechos de corrupción”.

“Es posible que en la provincia exista algún proyecto, pero no que tenga estado parlamentario, por lo tanto, hoy en día no conozco que haya algo así».

Explicó que “dependerá del texto que disponga la Nación, en principio con el dictado de la ley de Extinción de Dominio ya sería operativo, sería de aplicación directa también en la provincia, no haría falta una adhesión, salvo que los legisladores nacionales lo dispongan. Así que en principio es de orden público, es decir que esto se aplica para todo el país sin necesidad de adhesión por las legislaturas provinciales”.

Acerca de la necesidad de esta ley, remarcó “siempre es bueno en la lucha contra la corrupción. Es una herramienta necesaria porque no solo se trata de que haya penas y condenas para aquellos que hayan cometido actos de corrupción, sino que se pueda intentar reparar el daño producido a la sociedad justamente para que a la sociedad puedan volver esos bienes producto de hechos de corrupción”.

En relación a su aplicación, teniendo en cuenta que en Jujuy se desarrolla un juicio y una investigación por graves hechos de corrupción, Tizón sostuvo que “la ley es aplicable desde la sanción de la ley, si hay bienes que son productos de hechos de corrupción o que salten en ese momento a partir de sentencias que sean de ese origen, se aplicará. La intención es que se aplique desde la sanción y siempre hay que ver el texto de la ley si no dispone algo contrario, implementará desde sanción y la promulgación de la ley”.

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