Jujuy: elevan a juicio causa contra Milagro Sala por intento de homicidio

Jujuy al día® – En respuesta de lo informado por el Juzgado Residual, el Fiscal Diego Cussel resolvió y solicitó elevar a juicio oral y público una causa contra Milagro Sala en donde se la acusa de haber contratado sicarios para asesinar a Alberto «Beto» Cardozo.

En esta misma causa Cardozo está imputado de homicidio simple en grado de tentativa y Fabián Ávila bajo la misma imputación de Sala, es decir en coautoría, del delito de «tentativa de homicidio agravado por precio o promesa remuneratoria».

Según señalaron desde el Ministerio Público Fiscal, en el marco del Expte. Nº 2990/2012 – Re Caratulado: “AVILA FABIAN ALBERTO y MILAGRO AMALIA ANGELA SALA p.s.a. TENTATIVA DE HOMICIDIO AGRAVADO POR PRECIO O PROMESA REMUNERATORIA EN CARÁCTER DE COAUTORES y ALBERTO ESTEBAN CARDOZO p.s.a. HOMICIDIO SIMPLE EN GRADO DE TENTATIVA – CIUDAD”.

Que en contestación a la vista que corriera el Juzgado Causas Ley a cargo de Pullen Llermanos a este MPA, en el marco del expte. es que en fecha 02/10/17, desde la fiscalía se solicitó el cierre de la instrucción judicial y la elevación de la causa a juicio, ello en virtud de que con todas las pruebas adjuntadas en la presente causa, hasta esta etapa procesal, se determina que la conducta delictual desplegada por el procesado ALBERTO ESTEBAN CARDOZO, ya filiado, encuadra legalmente como supuesto autor penalmente responsable de la supuesta comisión del delito de HOMICIDIO SIMPLE EN GRADO DE TENTATIVA, previsto y penado en el Artículo 79 en función del 42 del Código Penal de la Nación; por el procesado FABIAN ALBERTO AVILA, ya filiado, encuadra legalmente como supuesto autor penalmente responsable de la supuesta comisión del delito de HOMICIDIO AGRAVADO POR PRECIO O PROMESA REMUNERATORIA EN GRADO DE TENTATIVA, previsto y penado en el Artículo 80 Inc. 3º en función del 42 del Código Penal de la Nación y del delito de HOMICIDIO SIMPLE EN GRADO DE TENTATIVA, previsto y penado en el Artículo 79 en función del 42 del Código Penal de la Nación; y por la procesada MILAGRO AMALIA ANGELA SALA, ya filiado, encuadra legalmente como supuesta autora penalmente responsable de la supuesta comisión del delito de HOMICIDIO AGRAVADO POR PRECIO O PROMESA REMUNERATORIA EN GRADO DE TENTATIVA, previsto y penado en el Artículo 80 Inc. 3º en función del 42 del Código Penal de la Nación.

Por lo tanto, el Dr. Diego Cussel, representante del Ministerio Publico de la Acusación, que actúa en el régimen  residual, ley 3.584, requirió el juicio oral y público contra los coimputados, Alberto Cardozo, Fabián Ávila y Milagro Sala, por los delitos, y encontrándose firme y consentido el cuadro probatorio reunido, existen suficientes elementos de prueba, exigidos por el Código Procesal Penal, para que los coimputados comparezcan a juicio en el que se decidirá definitivamente las respectivas situaciones procesales.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

Next Post

Preinscripciones al Instituto Superior de Seguridad Pública

Jue Oct 5 , 2017
Jujuy al día® – El Instituto Superior de Seguridad Pública de la provincia, informa que se abrirán las preinscripciones para postulantes a la carrera de “Auxiliar en seguridad pública con orientación policial” -exclusivamente para  personas de sexo masculino-, interesados en cursar dicha carrera en las sedes del interior de la […]

TE PODRIA INTERESAR

Comentarios recientes