Miranda: la cautelar de la CIDH “crea un injusto privilegio a una persona que está siendo investigada por hechos graves de corrupción”

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Jujuy al día® – En una entrevista con nuestro medio, el Fiscal de Estado de Jujuy, Mariano Miranda, se refirió a la medida cautelar de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) que dio lugar a las resoluciones de Jueces jujeños que otorgaron la prisión domiciliaria a Milagro Sala y aseguró que ahora habrá que esperar qué resuelve la Cámara de Apelaciones y Control tras la apelación realizada por el Fiscal de Investigación, Diego Cussel.

Mariano Miranda. Foto: Edgardo Valera

En declaraciones exclusivas al diario JUJUY AL DÍA®, el Fiscal Mariano Miranda manifestó “a penas habíamos tomado conocimiento de la resolución y de la cautelar de la CIDH sostuvimos que la misma era contradictora por cuanto cuando vinieron a Jujuy lograron constatar cual era el estado de detención y el estado médico de la imputada Milagro Sala. Esto también fue corroborado por la Corte Suprema de Justicia de Nación (CSJN) mediante oficio que obraron al Ministerio de Seguridad y al Servicio Penitenciario mediante la designación de médicos del Cuerpo Forense de la CSJN donde no lograron detectar ni constatar esa situación que tomó como base la CIDH”.

“Al contrario, el propio presidente de la CIDH dijo que las condiciones son óptimas, buenas y que la cárcel salía del parámetro habitual que se conoce, tal como se pudo ver en imágenes donde no son celdas con rejas o barrotes sino cuartos, habitaciones dentro de la Unidad Penitenciaria”.

Agregó que “esta resolución, esta cautelar de la CIDH, crea un injusto privilegio en favor de una persona que está siendo investigada por hechos graves de corrupción, entre otros tipos de delitos. Los jueces, entiendo y según lo han dicho, no estaban de acuerdo pero pese a ello decidieron, en base a las distintas alternativas que planteó la CIDH, establecer un cambio de lugar de cumplimiento de la prisión preventiva”.

“En torno a esto se generó algún tipo de polémica pública porque había dos probables domicilios, uno en la calle Gordaliza en el barrio Cuyaya y el otro en el Dique La Ciénaga, a unos kilómetros de Jujuy, zanjado esto, el inmueble que era utilizado como casa de fin de semana por Milagro Sala y su círculo más cercano, estaría próximo a estar en condiciones de habitabilidad, porque entendemos que hasta hace unos pocos días atrás, fue visto por fotos y lo constató el juez Pullen Llermanos, faltaban algunos sanitarios, hojas de ventanas, nada que no pueda ser subsanado”.

Acerca de la apelación del Fiscal Cussel, Miranda señaló “tomé conocimiento que el Fiscal que entiende en la causa en la que somos querellantes ha apelado, situación y remedio procesal que los querellantes tenemos vedado poder recurrir a este tipo de decisiones, así está expresamente establecido en el Código Procesal Penal”.

“Habrá que esperar lo que resuelve la Cámara de Apelaciones y Control. De toda maneras entiendo que el efecto, al ser una medida cautelar, esta apelación no suspende el proceso de traspaso del lugar del cumplimiento de la prisión domiciliaria”.

El Fiscal de Estado de Jujuy señaló que “acá hay una prisión preventiva, lo han manifestado ambos jueces, que está plenamente vigente y ambos jueces toman los recaudos, al estar vigente, que en el lugar de cumplimiento se adopten las mismas o similares medidas a las del Servicio Penitenciario”.

Acerca del rol de la CSJN, Miranda explicó “la CIDH no se expidió concretamente sobre la prisión preventiva sino sobre las condiciones de alojamiento y detención, en cuanto a la prisión preventiva está bajo revisión mediante un recurso extraordinario federal interpuesto por la defensa de Milagro Sala en la CSJN”.

“La Corte debe resolver dos cosas: una es la prisión preventiva donde entendemos y hemos opinado al respecto, que cuando los jueces dictaron esta prisión preventiva, que fue confirmada por la Cámara de Apelación y Control, por el Tribunal de Casación y el Superior Tribunal de Justicia de Jujuy, cumplía uno de los requisitos para la aplicación de la misma que es el riesgo procesal. Entiendo que al estar dado este requisito, hasta tanto se expida la CSJN no se va a poder expedir la CIDH sobre la prisión preventiva”, concluyó.

One thought on “Miranda: la cautelar de la CIDH “crea un injusto privilegio a una persona que está siendo investigada por hechos graves de corrupción”

  1. El Fiscal de Estado, con acertado criterio, ha tomado en cuenta la apelación ante la instancia superior por la prisión domiciliaria que los jueces intervinientes dictaminaran bajo la «sugerencia», por parte de la CIDH, de moderación de la prisión de una imputada por disintas causas, a cual más grave. La ingerencia de este organismo es a cuento del relato que hicieran organizaciones adictas al régimen anterior y a la cual pertenecía la imputada. ¿A cuenta de qué tiene mayor valor lo expresados por estas organizaciones versus la acción de la Justicia y la intervención del Estado en respuesta? Coincido con dichas opiniones del Dr.Miranda pues con esos dictámenes los jueces han transigido a las presiones de quienes defienden los casos de corrupción, amenzas y tal vez asesinato de las huestes que la imputada lidera, aun estando en detención. Si la Cámara llegara a convalidar la prisión domiciliaria se habría consumado un desequilibrio en la Justicia puesto que hay detenidos por causas menos graves que se encuentran en prisión, y el concepto de igualdad ante la ley se habría violado.

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