Seguridad policial en fiestas de Carnaval

Jujuy al día® – La Policía de la Provincia de Jujuy, a través del Departamento Operaciones policiales, dio a conocer el dispositivo de seguridad policial, ante la proximidad de las tradicionales fiestas carnestolendas, el cual se desarrollará en todo el ámbito provincial.

En este sentido la Policía, implementará servicios de prevención y seguridad a través de sus unidades de planeamiento y ejecución operativa, dependientes de las distintas Jefaturas de las Unidades Regionales, a partir del 04 de Febrero hasta la 1er. Semana de Marzo del corriente año.

Se dispondrá con la suficiente antelación, el dispositivo de seguridad pertinente, garantizando el normal desarrollo de los tradicionales corsos en distintas ciudades del ámbito provincial, como así también coordinarán con las autoridades de la Dirección de Tránsito Municipal los cortes de calles que se estime correspondiente debido al desplazamiento de las comparsas por la vía pública y establecerán los lugares de estacionamiento de vehículos de los concurrentes a los corsos y dispondrán la cobertura de seguridad acorde a las circunstancias.

En cuanto a los lugares bailables se realizará los chequeos dispuestos por la Dirección General de Bomberos con la debida antelación a las reuniones bailables a fin de determinar si el edificios ofrece la seguridad para los concurrentes, tanto en su estructura y sus medios de evacuación por posibles incendios.

En cuanto a la venta de bebidas alcohólicas, persistirán los controles estrictos sobre REBA/E a comercios y locales que se encuentren en zonas adyacentes donde se desarrollarán las festividades carnestolendas. El Departamento Contravencional dispondrá se realicen los trámites administrativos necesarios, para recalcar a la totalidad de dependencias policiales, sobre la aplicación de las leyes en vigencia en materia contravencional, haciendo incapié sobre los artículos que guardan relación con las fiestas de carnaval.

Se desplegarán puestos de control vehicular volantes, en aquellos lugares que estime conveniente, a efectos de ajustar el comportamiento de los conductores a lo que prescribe la Ley Nacional de Tránsito y Seguridad Vial 24449, como así advertir sobre los lugares críticos y efectuar las recomendaciones pertinentes en cuanto a la portación de la documentación correspondiente y de los elementos de seguridad del vehículo, entre otros.

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