“La prisión preventiva se está aplicando en varias de las causas y en ninguno de los casos intervino la ONU”

Jujuy al día ® – Tras la respuesta del gobierno a la ONU sobre la detención de Milagro Sala, el Juez de Control N° 4 Isidoro Cruz, quien dictara prisión preventiva a la líder tupaquera por la causa “Pibes Villeros”, explicó el proceder en su accionar de aquél momento.

Isidoro Cruz. Foto gentileza Edgardo Valera
Isidoro Cruz. Foto gentileza Edgardo Valera

En declaraciones al diario JUJUY AL DÍA®, el Juez de Control Isidoro Cruz comentó “actúe en esa causa hasta determinado punto ya que el Código prevé que si las causas llegan a ser conexas, y aparentemente el accionar delictivo fue similar, era necesario que se acumule la causa porque los trámites eran muy dispersos de un Juzgado como de otro, había que aunar criterios y los criterios de los jueces son diferentes, entonces mandamos a la causa principal de investigación jurisdiccional que era del Doctor Mercau, es jurisdiccional  porque hay dos imputadas que tiene fueros”.

“Debido a eso no pude acceder directamente a los requerimientos, a los informes del equipo de la ONU que no sea periodísticamente, entonces lo que sí puedo opinar es respecto a la causa de los ‘Pibes Villeros’, que este Juzgado llevó. Hemos dictado la prisión preventiva conforme hacemos con todas las causas hasta la fecha, en muchos de los casos ya tiene sentencia firme, condenas, y entiendo que no hay una vulneración del derecho de tal forma que han quedado firme muchos de los casos de las prisiones preventivas”.

Agregó que “en muchos casos han apelado y la Cámara de Apelaciones de control ha confirmado que se resolvieron esas instancias por nuestra parte, es decir ha convalidado lo que hicimos, muchos jueces hemos participado en las causas aplicando el Código Procesal Penal que rige en Jujuy. Lo que ocurre de acuerdo a la Constitución Nacional es que cada Estado provincial, de acuerdo a su idiosincrasia, tiene la facultad de dictar su propio código de procedimiento”.

“Nuestro Código está vigente  desde el 2011 y respecto a la prisión preventiva, se están aplicando en varias de las causas y en ninguno de los casos intervino la ONU, aplicando esa normativa han sido condenados por Jueces de Cámara y hoy cumplen condena».

Isidoro Cruz manifestó “ahora la ONU hace estos cuestionamientos porque hay una cuestión que es el principio general, de acuerdo a los principios internacionales, que es la libertad. Pero la Corte Europea, yendo más lejos, más general y profundo, instala el tema de la prisión preventiva, sobre cuál es la regla que debe regir si el principio de libertad es para todos o algunos, y define diciendo de que cada estado fija su política criminal en determinado momento”.

“Por ejemplo acá el caso Blumberg llevó a que de apuradas se modifique el Código Penal, y eso fue en un momento especial respecto a la seguridad, y este momento es especial sobre la corrupción ya que nunca se luchó como hoy en contra de la corrupción, entonces por ahí suena difícil, se naturaliza la corrupción, la misma sociedad dice ‘roba pero hace’”.

JUJUY AL DÍA® consultó al Juez de Control N° 4 cuáles fueron sus fundamentos para dictar la prisión preventiva de Milagro Sala. Isidoro Cruz expresó “entiendo que ONU cuestionan que no habría peligrosidad procesal de parte de Milagro Sala para estar a derecho si está en libertad, que es el artículo 319 inciso 2° del Código Procesal Penal, uno de los casos donde se dicta la prisión preventiva, pero también está el artículo 319 inciso 1°, que prevé que la peligrosidad procesal en caso de ser condenada, y si la condena será de cumplimiento efectivo y no será aplicado el artículo 26 del Código Penal de la Nación, es decir que no será de ejecución condicional, es la normativa que utilizamos para dictar la prisión preventiva, es la normativa vigente y que muchas personas y que en muchas de las prisiones preventivas que dictamos están firmes, fueron a juicio y están condenados”.

En otro tramo de la entrevista con el diario JUJUY AL DÍA®, el Juez Cruz se refirió a la condición de “presa política” que manifiesta tener Milagro Sala y los organismos que la defienden. “Tuve la posibilidad, de acuerdo a las facultades y obligaciones como Juez, de estar en contacto con la señora Milagro Sala en varias oportunidades. En una de esas le dictamos la prisión preventiva, me constituí al Servicio Penitenciario para informar y ocuparme de su situación de detención».

«Hablamos quizás cordialmente y ella me hizo saber que se sentía una presa política, yo le había contestado que no era presa política porque estaba hablando con el Juez de la causa, tenía las actuaciones a la vista en base a qué había sido imputada y porqué se dictó la prisión preventiva, es decir hay pruebas, no sabemos si definitivas porque se verá en juicio y ahí se la condenará o no. Pero para esa instancia había elementos, porque no estaba la plata, las casas no estaban, el lugar donde se iban a hacer las casas no existía”.

Agregó “todos esos elementos están en el expediente, están los informes de los funcionarios del Instituto de Vivienda de aquél momento, estaba la UEP que determinaba los requisitos y no se cumplieron los requisitos, y tal como estaba calificada en ese momento era una defraudación al Estado”.

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