De qué hablamos cuando decimos “Parque Nacional Calilegua”

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“…El pueblo no debe contentarse con que sus jefes obren bien, debe aspirar a que nunca puedan obrar mal.” (La gazeta de Buenos Ayres, 7 de Junio de 1810) – Mariano Moreno.

Señor Director: Toda la comunidad jujeña recordará que hace poco tiempo atrás nos sentimos muy preocupados por la situación denunciada a nivel provincial, nacional e internacional por  organizaciones de protección del ambiente entre ellas Green Peace: se había habilitado a la extracción del petróleo en el “Parque Nacional Calilegua”.

Ante esto, las campañas de rechazo, pidiendo el cese de esta actividad surgieron por todas partes, la cual más de uno comentó a sus amigos en forma personal o en su facebook o en whatsapp.

Luego, en una “nueva” gran campaña de prensa se difundieron los anuncios de la ley         N° 5889 del 17 de diciembre de 2015: “Cese de la explotación de petróleo en el Parque Nacional Calilegua” y su decreto reglamentario N° 683 del 22 de febrero 2016 para terminar con la explotación petrolífera y el inicio de la remediación ambiental, con lo que parecía que todo estaba solucionado que podíamos tener la tranquilidad de que esto formaría parte de una mala pesadilla.

Como ciudadano y en mi afán de conocer un poco más sobre el tema, me puse en la tarea de investigar y avanzar sobre otros aspectos del: Parque Nacional Calilegua.

  1. A) Algunos datos:
  • Total de pozos estimados en el Yacimiento Cuenca Noroeste YPF: entre “33 y 36”.
  • Pozos en producción hoy “12”
  • Inactivos y con acceso “3”
  • Inactivos y sin acceso “18”
  • Profundidad promedio de los pozos perforados “4.000 metros”
  • Producción optima yacimiento (en 1979) “7.000 metros cúbicos al día.”
  • Producción actual 40 metros cúbicos al día.

Si tomamos este número significa que estamos hablando de: 440 barriles de petróleo al día y aproximadamente 20.680 dólares?

  1. B) Existencia legal del Parque.

Dice la Auditoria General de la Nación en su informe “Exámen del Plan de Gestión Institucional de la administración de Parques Nacionales (Periodo auditado: 2001 – 2009)”párrafo 4.16: “El marco legal del área no ha sido establecido”.

Continua el informe, la ley provincial 4133 declara que todos los decretos/leyes dictados por la administración de facto no ratificados por la legislatura de la provincia quedan derogados; en esta situación está la ley Provincial 3586, de donación y sesión que da origen al área”.

Por otra parte, el Sub Secretario del Defensor del Pueblo de la Nación, en la resolución 89/2015 de fecha 24 de noviembre de 2015 (folio 603 a 619), en el folio 5 (607) dice:”la obligación a cargo del Servicio Nacional de Parques Nacionales(APN) aún se encuentra pendiente de realización y por ello el Parque Nacional Calilegua no cuenta con ley de creación ni tampoco se encuentra expresamente incluido en la ley N°22.351 de parques nacionales (anteriormente ley N° 18.594)”.

Que en ese sentido, en el año 2010 el senador Gerardo Morales presentó un proyecto de ley –actualmente en archivo- para que el parque nacional se incorpore en la ley N°22.351.

Que más allá de la situación legal descripta, los reiterados actos administrativos de la Administración de Parques Nacionales a través de la intendencia del PNC, no hacen más que acreditar el pleno ejercicio de la jurisdicción de la APN sobre las tierras.

El art. 2 exhorta a que se elabore un proyecto de ley de creación del Parque Nacional Calilegua tal cual lo exige el decretoN°1733/79 y el plan de manejo del Parque Nacional Calilegua, aprobado por resolución N°57/2010 e impulse su tratamiento ante el Honorable Congreso de la Nación.

  1. C) Impacto ambiental generado por el pozo Caimancito e-3.(el “huérfano”, del que no salió un litro de petróleo)

La resolución 67/15 del Sub Secretario del Defensor del Pueblo de la Nación de fecha 7 de octubre de 2015 que indica que: la Auditoria decidió iniciar de oficio la investigación sobre el impacto ambiental generado por el pozo caimancito e-3 ubicado fuera del Parque Nacional Calilegua.

En la misma se “exhorta” art. 1 a la Secretaria Legal y Administrativa del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas de la Nación, como administrador de los pasivos de YPF SE; a YPF S.A., como continuadora jurídica de YPF SE, a la Secretaria de Energía de la Nación, como titular del poder de policía hidrocarburífera al momento del abandono del pozo; a la Dirección  Provincial de Minería y recursos Energéticos de la Provincia  de Jujuy, como titular del poder de policía hidrocarburífera y a la Secretaria de Gestión Ambiental de la Provincia de Jujuy, como titular a que, conjuntamente, elaboren un plan para hacer cesar la contaminación generada por el pozo Caimancito e-3, ubicado en la provincia de Jujuy y remedien la zona afectada.

Art. 2 Poner en conocimiento de la Administración de  De Parques Nacionales la presente resolución.

  1. D) Nota enviada al Sr. Intendente del Parque Nacional Calilegua por el Encargado de Fiscalización del Yacimiento Caimancito, Guillermo Nicolissi, de fecha 15 de octubre de 2013 se menciona que: la extensión de la concesión  a la  UTEJEMSE-JHP Internacional Petroleum Enginnering para el periodo 2014-2037 se realizo por decretos  nacionales y provinciales,  obviando en cada uno de ellos la existencia del Parque Nacional; de esa manera se omitió la incompatibilidad legal de los objetivos de la ley 22.351 y la actividad petrolera que tales actos habilitaron?

Es esto lo preocupante y lo real, existe “supuesta ampliación de concesión hasta el 2.034, en dos etapas con un monto mínimo de inversión de 5.000.000 de dólares.

El plan de trabajo “acordado” entre JEMSE y la Empresa JHP establecería en la primera etapa 2014-2016: perforación de un nuevo pozo productor, reapertura de caminos, tendido de líneas de conducción de crudo y tendido de líneas eléctricas, entre otras actividades de ampliación de infraestructura. La segunda etapa 2017-2037, incluye perforaciones, reparación de pozos, gas lift (intensifica el desarrollo del yacimiento) y plantea el inicio de la remediación de pasivos ambientales.

Todas estas  inversiones existiendo este “precario estado legal” del “Parque Nacional Calilegua”.

Conclusión:

Entiendo que esta situación  que puede dar lugar a una “posible” indemnización varias veces millonarias por parte del Estado Provincial a favor de la empresa JHP(china) o los integrantes del grupo que representa.

Por lo que me surgen nuevas dudas:

1)            ¿Se puede conciliar lo legal en forma retroactiva con la existencia real del Parque Calilegua?

2)            ¿Se puede dejar sin efecto la concesión sin que el costo de indemnización lo tenga que pagar el pueblo jujeño?

3)            ¿Estará con esto en juego el futuro del litio o la energía solar en la provincia?

4)            ¿Que plantea hacer el Ejecutivo Provincial al respecto?

Por lo pronto, y como primera medida, sugiero a los que les compete: hacer lo necesario para dejar de estar “flojos de papeles” y a la verdad indiscutible de la existencia física del “Parque” la transformemos en legal, solo así podremos colocar a nuestro Parque Nacional Calilegua “fuera del manoseo de la política de turno”.

Prof. José Del Frari

2 thoughts on “De qué hablamos cuando decimos “Parque Nacional Calilegua”

  1. que hace el gobierno con esto, o se lava las manos como siempre, a los problemas hay que solucionarlos y no dejar que pase el tiempo para ver que ocurre…hace falta que intervenga alguien que entienda y encuentre solucion a esta problema, este gobierno tiene el apoyo del pueblo pero me parece que carece de personas idoneas en algunos sectores, tales como el que estamos tocando ahora

  2. Hoy, 28 de julio de 2016, el yacimiento petrolero en el parque nacional calilegua funciona igual que al 9 de diciembre de 2015.
    Sigue la contaminación del vertido de agua salada de producción en las napas de agua dulce… sigue la empresa china como si nada, porque en realidad en estos siete meses no pasó NADA.
    Charlatanes.
    Dónde está Mario Pergolini?
    Los «trabajadores del parque nacional» de la ATE cortarán la ruta frente al yacimiento con caretas de animalitos de las yungas o tienen puesta la careta de siempre?
    Por un contrato de trabajo para una socia del club de troskos ahora se quedan mansos? Vergüenza.

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