EN REFERENCIA A LA MUERTE DEL COLEGA DR. ALBERTO NISMAN

En nuestro carácter de Presidentes del Consejo Federal de Política Criminal de los Ministerios Públicos de la República Argentina y del Consejo de Procuradores, Fiscales, Defensores y Asesores Generales de la República Argentina, a la sociedad argentina en general y a los miembros de los Ministerios Públicos en particular, decimos que:
I) Hemos querido esperar un prudente y razonable lapso para pronunciarnos respecto a hechos que ocupan parte importante de la preocupación de todos los Argentinos.
II) Como mínimo dos motivos había para ello, el uno la importancia y trascendencia de la cuestión, el otro la prudencia que debe requerirse por parte de quienes ejercen las Presidencias de las Asociaciones que agrupan la totalidad de los Titulares de los Ministerios Públicos Fiscales del País (Procuradores y Fiscales Generales de cada Provincia y de Ciudad Autónoma).
III) Que previo a todo es imprescindible dejar dicho que constituye evidente error otorgarle, a una parcialidad, la Justicia Nacional / Federal, el alcance de “Justicia Argentina” pues, atento a nuestra Organización Constitucional, cada Provincia y Ciudad Autónoma reconocen su propia organización Judicial (Art. 5 Constitución Nacional).
IV) El momento requiere que, en verdad, se supere el estado discursivo en cuanto a reclamar o postular la independencia de los Ministerios Públicos y/o Poderes Judiciales, para trabajar concretamente para ello evitando su degradación cada vez que no se obtiene el resultado subjetivamente esperado o adecuado a los intereses particulares o sectoriales.
V) El requerimiento de esa conducta debe hacerse a todos aquellos que ocupan lugares de ejercicio de Poder Real en la Sociedad, pues nadie puede, seriamente, desconocer su enorme impacto en la formación de la opinión pública.
VI) Claro está, el más urgente reclamo debe hacerse hacia el propio interior de los Ministerios Públicos y Poderes Judiciales, requiriéndose de sus miembros prudencia, decoro, templanza, sabiduría como complementos imprescindibles de la Independencia de Criterio la que no debe ser peticionada como una concesión graciosa sino que debe ser ejercida en plenitud como deber primario del cargo, virtudes estas que, estamos profundamente convencidos, inspiran a la inmensa mayoría de Fiscales, Magistrados, Funcionarios y Empleados de los Ministerios Públicos y Poderes Judiciales.
VII) No resulta fácil – de ahí nuestras convocatorias y requerimientos – obtener credibilidad en los operadores del Derecho cuando en ocasiones los intereses que reconocen importantes sectores no están emparentados con Verdad y Justicia, sino con otros fines que, aunque lícitos, no persiguen ese ideal, extendiéndose esa falta de credibilidad, a no dudarlo, sobre esos mismos sectores, con grave daño a la paz social.
VIII) Si se pretende, en verdad, contribuir a la calidad Institucional, entendemos necesario asegurarle a Jueces, Fiscales, Peritos, Cuerpos de Investigadores el más absoluto apoyo, debiéndose poner de relieve que se evidencia, hoy mas que nunca, la necesidad de que las jurisdicciones que aún no lo hacen adopten el Sistema Acusatorio –Investigación Fiscal- y que los distintos Ministerios Públicos cuenten con su propia Agencia o Cuerpo de Investigaciones.
IX) Que la independencia que se reclama demanda, además, que quienes tenemos representaciones institucionales o cargos de jerarquía nos abstengamos de emitir pareceres sobre la materialidad de la muerte del colega Dr. Alberto Nisman o los motivos que la determinaron, todo ello debe ser profunda y legalmente evaluado por los colegas actuantes en un marco que no incluya presiones fundadas en creencias de quienes por su posicionamiento en la Sociedad, pueda influir notoriamente en la formación de opiniones colectivas.
X) Que el indisimulado aporte de ambos Consejos a los Ministerios Públicos de la República Argentina ha sido y es concreto, lo que se ha efectuado – es público y notorio – conduciendo a las Asociaciones por caminos de absoluta independencia y con ausencia de compromisos políticos – sin perjuicio del pensamiento ciudadano de cada uno de sus miembros – todo lo que nos autoriza a postular como se hace y ofrecer a nuestros colegas de los Ministerios Públicos Fiscales, el apoyo y colaboración en todo lo que haga al mejor cumplimiento de las funciones.
XI) Nuestra conmoción por la muerte del colega – sea cual fuere la causa – nuestro respetuoso acompañamiento a su familia y amistades, nos obliga, aún más, a evitar pronunciar frases de ocasión o conceptos oportunistas, para introducirnos en lo profundo de la institucionalidad, redoblando el esfuerzo en nuestro ideal por fortalecer las estructuras de los Ministerios Públicos, la investigación científica, la independencia funcional, el compromiso con la verdad y la justicia, y un muy alto sentido de pertenencia a una sociedad y a un pueblo que requiere de nuestros mayores esfuerzos.
FEBRERO 12 DE 2015.

Dr. Alejandro R. Ficoseco

Presidente Consejo de Procuradores, Presidente Consejo Federal de Política Criminal. Fiscal General del Superior Tribunal de Justicia de Jujuy

Dr. Eduardo Quattropani
Fiscales, Defensores y Asesores Generales de los Ministerios Públicos de la República Argentina de la República Argentina Fiscal General de la Corte de Justicia de la Pcia de San Juan

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