Suspensión del aumento del boleto urbano: el Juez Domínguez aclaró que no se hizo lugar ni se rechazo ningún amparo ni medida cautelar en la causa

dominguez alejandroJujuy al día® – En conferencia de prensa, el Juez en feria, Alejandro Domínguez, brindó algunas aclaraciones respecto a la medida de suspender el efecto del DNU municipal que permitía el aumento del boleto urbano de pasajeros en San Salvador de Jujuy.

Aseguró que simplemente se le dio plazo al Municipio a ejercer su legítimo derecho de defensa y que no se ha rechazado ni dado lugar a ningún amparo ni cautelar que figura en la causa.

El Juez Alejandro Domínguez manifestó que “han sido citados para explicarles lo que ha hecho esta presidencia de trámite con los amparos que se han presentado el lunes y así clarificar lo que se ha resuelto debido a que se ven algunos titulares o malas interpretaciones que indican que ya habíamos resuelto el amparo y la medida cautelar presentada por diferentes ciudadanos y organizaciones, cuando en realidad este Tribunal Contencioso Administrativo lo único que ha hecho es darle la oportunidad al municipio de San Salvador de Jujuy de que ejerza su derecho de defensa en juicio sobre la medida cautelares durante el término de 3 días hábiles”.

Indicó que en este plazo “se le ha indicado al municipio que se abstenga de aplicar los efectos del decreto en cuestión hasta tanto el Tribunal resuelva sobre la medida cautelar de no innovar. Esto es lo que podemos informar y lo que hemos resuelto sobre esta materia, no se ha rechazado nada, no se hizo lugar a ningún amparo, ni se rechazó ninguno, no se hizo lugar a ninguna medida cautelar como así tampoco se ha rechazado ninguna, simplemente, debido a que estaba inminente la entrada en vigencia del decreto, y el pedido es que se corría un traslado, se resolvió suspender los efectos de este decreto hasta tanto el Tribunal Contencioso Administrativo en feria resuelva si corresponde o no hacer lugar a la cautelar”.

Explicó que “hay una confusión porque hay un amparo interpuesto por la doctora Alicia Chalabe en su calidad de presidente de CODELCO con una ciudadana, en contra del decreto que llamaba a presentar las ponencias por escrito, ese amparo tiene audiencia el día 29, pero por las cautelares se ha corrido un traslado por el término de 3 días hábiles para que el municipio se presente y ejerza su derecho de defensa de juicio, y recién la presidencia del trámite resolverá la procedencia o no de las cautelares”.

JUJUY AL DÍA® consultó al Juez en feria, acerca del porqué del plazo de 3 días hábiles, Alejandro Domínguez contestó que “podría haber sido menos pero son los plazos que venimos utilizando generalmente en esta feria que son en base a una disposición legal, el artículo 2° de la ley 4141, que le da la facultad a los jueces de abreviar plazos y lo hemos hecho”.

“Nos pareció que era prudente, debido a la cantidad de amparos que había, darle un plazo de 3 días, también hemos dado dos o tres días en otros amparos que hemos tenido con cautelares”.

Para finalizar, el Juez Domínguez indicó que la resolución del conflicto tras la culminación de los 3 días de plazo “corresponderá resolver lo que por derecho corresponda y en el caso de la medida cautelar las dos únicas forma de resolver es si corresponde hacer lugar o no a la medida”.

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