El Frente Estatal planteó técnicamente el rechazo a la jubilación compulsiva

Jujuy al día® – Los asesores previsionales del Frente de Gremios Estatales elaboraron un documento que será presentado al Gobierno de la Provincia donde se hace un análisis de la Ley Provincial Nº 5748, conocida como de jubilaciones compulsivas.

El Frente sostiene que mediante esa ley, sancionada en 2012, el gobierno “busca intimidar a los empleados públicos provinciales en condiciones de jubilarse a que inicien el trámite bajo apercibimiento de quedar extinguida la relación de empleo público”.

Bajo esta amenaza, el FGE demanda que antes de ponerse en marcha tal procedimiento, el gobierno debe solucionar satisfactoriamente dos temas centrales. Uno es la “determinación expresa” de los empleados alcanzados por la ley y el otro tema es “presentar un sistema de blanqueo total y completo”.

Con respecto la determinación del alcance de la ley, señala el Frente que “la redacción amplia del artículo 2º, tiene que ser aclarada perfectamente para evitar excesos, por ejemplo las intimaciones que están enviando desde tiempo atrás desde la Legislatura de la Provincia utilizando la Resolución de Presidencia Nº 321/12 y desde intendencias que invocan la Ley 5748 cuando las municipalidades son autónomas”.

“Esta incomunicación entre los poderes del Estado es inaceptable y la rechazamos porque los perjuicios los paga exclusivamente el trabajador afectado”, señala el documento.

En cuando a la presentación de un sistema de blanqueo total y completo, se pide esta medida porque la redacción del Decreto Acuerdo Nº 4816/14 es confusa y parcial “pues contiene disposiciones discutibles que no alcanzan para cumplir el “blanqueo” prometido”.

La primera de esas disposiciones es cuando se establece que se transforma en remunerativo y bonificable “el adicional no remunerativo bonificable” individualización en singular que solamente abarca al adicional llamado “gris” y no contempla ni soluciona la situación de los demás adicionales no remunerativos que percibe el empleado en “negro” y que son los más numerosos.

La segunda disposición es aquella que retrotrae el “blanqueo” solamente a cinco años para atrás cuando según la ley nacional 24241, ANSES toma los sueldos de los últimos 10 años para calcular el haber mensual jubilatorio. De esa forma, se consagra un perjuicio económico para el empleado.

En definitiva, lo que pide el FGE es que se proceda a blanquear todos los sueldos percibidos como corresponde de acuerdo a la ley. “No permitiremos de ahora en adelante que se paguen adicionales de ningún color sin su correspondiente aporte jubilatorio”.

Inaplicable e inaceptable

Tras indicar que la Constitución jujeña consagra al trabajador protección contra el despido arbitrario y la estabilidad del empleo, el Frente sostiene que la jubilación es “personalísima y solo se extingue por causas previstas por ley” y todo acto que contraríe ello será nulo.

Además, la ley provincial 3161 del Estatuto del Empleado Público garantiza la “estabilidad” del empleado, por lo cual la ley 5748 es contradictoria y debiera regir el principio general de estabilidad. La relación de empleo se extingue por jubilación sólo cuando ésta es voluntaria y no cuando la misma obedece a amenazas por cesantías. “El sistema legal argentino establece que todo acto jurídico como la jubilación debe ser pedida por el empleado con libertad”, pero en la nueva ley se hace por amenaza, y por ello es nulo, sin valor jurídico. De allí que la aplicación de la ley puede ser materia de juicios.

Asimismo, el convenio de transferencia del IPPS a la Nación (ley 4906/96) establece “la delegación de la provincia a favor del Estado Nacional de la facultad para legislar en materia previsional”, pero la ley 5748 está legislando en materia previsional al crear la figura de la jubilación compulsiva por amenaza de cesantía.

Finalmente, el Frente sostiene que la cuestión de los aportes no está aclarada debidamente, y que por todos estos argumentos es “inaceptable” la aplicación de la ley de jubilaciones compulsivas. Lo que se quiere es una jubilación “libre, voluntaria y digna, que permita transitar los últimos años de la vida del trabajador público en condiciones aceptables de dignidad y respeto”.

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