Reclamo de Judiciales de Jujuy: declaran la ilicitud de la huelga e intiman a empleados a volver a trabajar

TribunalesJujuy al día® – Ante la continuidad de las medidas de fuerza adoptadas por personal del Poder Judicial no obstante los constantes esfuerzos realizados por los poderes del Estado para la resolución del conflicto, la exhortación a reintegrarse a sus tareas – realizada el pasado día miércoles 18 del presente mes –  y con la finalidad de resguardar el normal desarrollo de la administración de justicia,  fue declarada  la ilicitud de la huelga que llevan adelante los empleados judiciales desde el 7 de agosto del corriente año.

En consecuencia, por  la declaración adoptada, se  conmina e intima a los agentes judiciales que continuaren adheridos a las medidas de fuerza, a reintegrarse a sus tareas habituales a partir del 30 de septiembre de 2013, tal y como lo adelantara ayer en exclusiva nuestro medio.

Así lo dispone la Acordada Nº 141/2013, publicada ayer en el Boletín Oficial de la Provincia, en la cual, además, se hace saber que los empleados mencionados deberán  cesar con las conductas de presión, observando el debido respeto, cortesía y circunspección con sus compañeros, superiores, litigantes y público en general conforme las disposiciones del Reglamento Interno para el personal del Poder Judicial, cuyo incumplimiento dará lugar al inicio de los sumarios administrativos correspondientes, previa exclusión –en su caso- de la tutela sindical de los agentes que se encuentren amparados bajo ella.

En los considerandos del citado resolutorio judicial se expresa que, a más de las dificultades generadas por las medidas de fuerza en el desarrollo del servicio de justicia, y la consecuente ilicitud de la huelga que ello implica, cabe tener presente que las mismas exceden el marco de un conflicto laboral – consistente en la mera abstención del deber de trabajar con abandono de los puestos de trabajo- ya que han procurado impedir que los trabajadores accedan al lugar de trabajo mediante acciones directas, con obstrucciones, amedrentamientos, con daños a los bienes del Estado de público conocimiento, configurando actos ilícitos que superan los límites del derecho de huelga, en donde cada trabajador debe tomar la decisión libre de adherir o no a las medidas acordadas.

En ese sentido, se pone de manifiesto que quienes actúan dentro de este marco de violencia, imposición por la fuerza, y ejercen presiones físicas o psicológicas están conculcando el derecho de trabajar y transforman la medida en ilegal. Más aún, estas acciones, por la forma y la modalidad, pueden constituir actos ilícitos que generen responsabilidades en materia administrativa (sanciones administrativas), civil (por los daños causados) y penal (por los hechos que están siendo materia de investigación).

El texto completo de la  Acordada Nº 141/2013 puede ser consultado en la página oficial del Poder Judicial en Internet: www.justiciajujuy.gov.ar

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