La Justicia exhortó a empleados judiciales a reintegrarse a sus tareas habituales

Judiciales marchaJujuy al día® – Fundado en que el servicio de justicia es una de las funciones esenciales del Estado, cuya paralización no solo afecta al usuario (justiciable) sino al Estado mismo y a la comunidad, desde que aquel se lo priva de uno de sus poderes y a ésta se la priva del derecho a la Justicia, inactividad que altera el orden constitucional, el Superior Tribunal de Justicia resolvió exhortar a los agentes del Poder Judicial de la Provincia, de ambos Centros Judiciales, a reintegrarse a sus tareas habituales.

Lo resuelto ratifica la plena vigencia de diferentes Acordadas  emitidas desde el año 1989, en las que el Tribunal, en sus distintas integraciones,  ha asumido invariablemente la misma opinión sobre el derecho de huelga de los empleados del Poder Judicial, en virtud de las cuales ha dicho que en materia de servicios públicos, el derecho de los agentes afectados queda restringido a supuestos de excepción.

En ese sentido se considera que cuando con la huelga se afectan de modo directo los intereses públicos, la medida de fuerza no es ya un recurso lícito, sino que se convierte en un procedimiento perturbador que debe ser declarado ilícito.

La declaración de ilicitud es incontrovertible cuando la huelga proviene de empleados públicos afectados a un servicio esencial del Estado, por que aún tratándose de un derecho indiscutible, quienes lo ejercen no pueden herir intereses vitales de toda la comunidad.

Otro de los sustentos expuestos en la exhortación formulada a los empleados judiciales es el permanente diálogo de los jueces del Superior Tribunal de Justicia con la Asociación Judicial y empleados en particular – desarrollados especialmente durante los meses de agosto y septiembre- así como las constantes e ininterrumpidas gestiones llevadas a cabo por la situación de los empleados del organismo en los últimos años, ante los Poderes Legislativo y Ejecutivo, con la emisión de los proyectos de Presupuesto del Poder Judicial.

La decisión adoptada se encuentra plasmada en la Acordada Nº 133/2013, de fecha 18 de septiembre, cuyo texto completo puede ser consultado en la página oficial del Poder Judicial en Internet www.justiciajujuy.gov.ar

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