Hasta el 5 de Agosto comerciantes del rubro alimentos deberán disponer de contenedores móviles

Molina Jujuy al día® – Ante lo dispuesto por el Decreto Nro. 602.13.040 que exige a todos los comercios gastronómicos, supermercados, despensas y afines que produzcan derivados de alimentos, habilitar un contenedor móvil para los residuos que generen, el titular de la Dirección de Higiene Urbana de la Municipalidad de San Salvador de Jujuy, Ingeniero Marcelo Molina, comunicó que hasta el 5 de Agosto vence el plazo para la implementación de lo requerido.

Al respecto, el funcionario municipal solicitó tomar los recaudos pertinentes para que se eviten multas a los locales comercios a dar cumplimiento de este dispositivo legal”. A la vez, informó que el Isologotipo Municipal se encuentra en la Página Web de la Municipalidad (www.sansalvadordejujuy.gov.ar)  deberán presentarse en las oficinas de la Dirección de Higiene Urbana  de 7 a 13 horas.

Más adelante, Martín Molina puntualizó que “se dio a conocer el nuevo instrumento legal que dispone la implementación de contenedores móviles por parte de los comerciantes, dentro del área de concesión de la empresa privada de servicio, con el propósito de evitar la proliferación de residuos y para preservar el medio ambiente”.

En ese contexto, el Ing. Marcelo Molina, se refirió a dicho Decreto especificando que “hace referencia al acondicionamiento de los residuos a través de los contenedores móviles, con las dimensiones de acuerdo a la generación de sus residuos, dirigido al rubro gastronómico, es decir aquellas casas de comida.

El motivo –señaló Molina- “es preservar el medio ambiente, libre de contaminación a causa de la gran cantidad de residuos que generan los diversos rubros comerciales. En aras de resguardar la higiene y la salubridad de la población, como así también la estética de la ciudad, manteniéndola limpia y en buenas condiciones”.

Es por ello, que “todos los comerciantes gastronómicos, supermercados, despensas y afines que produzcan residuos derivados de alimentos, deberán habilitar para la recolección domiciliaria de residuos, contenedores móviles acordes a los volúmenes de residuos que generen, los que serán colocados en la vía pública, en horario habitual para el retiro de los mismos y luego introducidos al local comercial”, precisó Molina.

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