Jujuy al día® – Desde la Dirección General de Higiene Urbana, dependiente de la Secretaría de Servicios Públicos de la Municipalidad de San Salvador de Jujuy, se dio a conocer el nuevo instrumento legal que dispone la implementación de contenedores móviles por parte de los comerciantes, dentro del área de concesión de la empresa privada de servicio, con el propósito de evitar la proliferación de residuos y para preservar el medio ambiente.
En ese contexto, el Director General de Higiene Urbana, Ing. Marcelo Molina, se refirió a dicho Decreto “es sobre el acondicionamiento de los residuos a través de los contenedores móviles, con las dimensiones de acuerdo a la generación de sus residuos, dirigido al rubro gastronómico, es decir aquellas casas de comida”.
“Es decir que por su propia cuenta deben adquirir o confeccionar los contenedores móviles, en relación a la cantidad de residuos que generan”, agregó Molina.
En cuanto a estos dispositivos aclaró “no se exigen detalles, solo que estén acondicionados en un plazo de cuarenta y cinco días, para que se dé cumplimiento, por ello el cuerpo de inspectores de la Dirección General de Higiene Urbana, está notificando a cada uno de los comerciantes del rubro gastronómico, para el cumplimiento de esta normativa”.
También aclaró sobre el sentido práctico que se imprime a la recolección de residuos “es para ordenar y mantener a los residuos bien dispuestos evitando su diseminación, por distintos motivos, que contaminan y alteran el aspecto de la ciudad”.
El respectivo instrumento legal especifica que ante la solicitud de la Dirección General de Higiene Urbana, mediante el cual se eleva el proyecto de invitación a comerciantes a fin de instalar contenedores móviles para residuos con el objeto de evitar la proliferación de basura en la vía pública, generada por comerciantes del rubro gastronómico, ubicados en la zona de concesión de la empresa privada de recolección de residuos.
El motivo es preservar el medio ambiente, libre de contaminación a causa de la gran cantidad de residuos que generan los diversos rubros comerciales.
En aras de resguardar la higiene y la salubridad de la población, como así también la estética de la ciudad, manteniéndola limpia y en buenas condiciones, es voluntad de este Departamento Ejecutivo, implementar un mecanismo que permita la conservación y recuperación de los espacios públicos.
Por ello, en un plazo de cuarenta y cinco días de publicado el presente dispositivo legal, todos los comerciantes gastronómicos, supermercados, despensas y afines que produzcan residuos derivados de alimentos, deberán habilitar para la recolección domiciliaria de residuos, contenedores móviles acordes a los volúmenes de residuos que generen, los que serán colocados en la vía pública, en horario habitual para el retiro de los mismos y luego introducidos al local comercial.