Juicio de lesa humanidad: Audiencia Nº 29, Ampliación de la acusación a Vargas por tormentos

[pullquote]El TOF escuchó planteos de la Defensa, la Fiscalía y las querellas y rechazó pedido para restituirle a Braga la prisión domiciliaria[/pullquote]

Jujuy al día® – La semana próxima se conocerá finalmente la resolución del TOF respecto del pedido de ampliación de la acusación, así como sobre la situación carcelaria de Braga y además el Tribunal deberá resolver el pedido de sanción contra el defensor de Braga, Ricardo Vitellini.

Este viernes, 9 de noviembre, en el marco de la audiencia Nº 29, del primer juicio por delitos de lesa humanidad en Jujuy, el Tribunal Oral Federal receptó los planteos efectuados por la defensa del imputado Antonio Orlando Vargas, respecto del pedido de ampliación solicitado por la querella y los Fiscales para que se le adicione un cargo por delito de tormento. También los magistrados escucharon los planteos de la Fiscalía y la querella de Aredez, así como de la querella de la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación. Por otra parte, el TOF rechazó un pedido de la defensa de Mariano Rafael Braga, para que se le restituya la prisión domiciliaria hasta tanto el TOF dicte nueva resolución. Esto se produjo, tras la recepción favorable que tuvo un recurso interpuesto por la defensa de Braga ante la Cámara de Casación Penal, que resolvió hacer lugar al recurso y remitir las actuaciones al TOF para que emita una nueva resolución al respecto. Quedó pendiente aún el pedido de sanción contra el Defensor de Braga, Ricardo Vitellini, que será resuelto la semana próxima, cuando se reanudarán además las testimoniales.

El imputado Antonio Orlando Vargas siguió las instancias del debate por videoconferencia desde el Hospital del Complejo Penitenciario de Ezeiza donde se encuentra detenido. Vargas fue Director interventor del Servicio Penitenciario de Villa Gorriti, por donde pasaron la mayoría de las víctimas del terrorismo de estado en Jujuy, las que fueron sometidas además a diversas formas de tormentos, según se conoció en la instrucción y en los testimonios que se produjeron durante este juicio oral.

Cabe recordar que en la audiencia Nº 28 que se concretó el 26 de octubre último, la querella de Arédez, el Dr. Oscar Rodríguez, así como los Fiscales Francisco Snopek, Pablo Pelazzo y los querellantes María José Castillo y Juan Manuel Sivila de la Secretaría de Derechos Humanos habían solicitado la ampliación de la acusación a Vargas y requirieron que se le añadiera un cargo por delito de tormentos en las causas Aredez y Bazán, donde se encuentra imputado.

Al reanudarse este viernes el juicio, el Defensor de Vargas, el abogado Matías Gutiérrez Perea, pidió la nulidad de la ampliación y en caso de que no se hiciera lugar a la nulidad, anticipó su oposición a la ampliación y ofreció prueba.

Gutiérrez Perea fundamentó el pedido de nulidad de los planteos efectuados por el Ministerio Público Fiscal, integrado por los abogados Snopek y Pelazzo y pidió también que se dieran por nulos los planteos de las querellas. La nulidad se basó entre otros argumentos en supuestas incongruencias o contradicciones en el Ministerio Público Fiscal, en la falta de elementos para fundamentar la petición y la supuesta apelación a generalidades que -desde su perspectiva- no permiten tener claridad respecto de la acusación. Consideró el Dr. Gutiérrez Perea que la ampliación vulneraría el derecho de defensa de su defendido y cuestionó la autonomía de la querella para pedir la ampliación de la acusación. Apelando a elementos técnicos jurídicos, el defensor de Vargas pidió la nulidad de lo requerido por la parte acusadora.

El Fiscal Francisco Snopek requirió que se rechace el planteo de nulidad de la defensa, recordando que el Código Procesal Penal en su art. 381 habilita al Fiscal para requerir una ampliación de la acusación, destacó que no existen causales para que prospere la nulidad, a la que desestimó porque observó “se trata de una nulidad por la nulidad misma”. Refutó también que se haya afectado el derecho de defensa de Vargas y consideró que con el pedido de ampliatoria de cargos, no se provoca ningún perjuicio al imputado, además de resaltar que el pedido de nulidad de la defensa de Vargas carece de fundamentos porque no precisa que tipo de nulidad se está solicitando y además observó no se configura ninguna de las causales de nulidad previstas en las normas. Resaltó el Fiscal Snopek que en oportunidad de efectuar el pedido de ampliación de cargos, se precisaron los hechos que justificaban dicho requerimiento, de manera que no se ha recurrido a generalidades, sino a casos que han sido claramente precisados.

En sentido similar se expresó el Fiscal ad hoc Pablo Pelazzo, quien observó que en oportunidad del pedido de ampliación de la acusación, se hizo una exhaustiva enumeración de los testimonios que fundamentaron la petición. Desestimó el Dr. Pelazzo que existan fallas en los fundamentos de la ampliación. Al mismo tiempo el Fiscal ad hoc explicó que no se ha pretendido agregar hechos nuevos. Señaló al respecto que desde la etapa de instrucción se conocen los hechos, en cambio –destacó- lo que se incorporó en los debates son elementos que profundizan un conocimiento anterior. “Los hechos están en la base fáctica, ahora lo que ocurrió es que se sumaron elementos” explicó.

Por otra parte, precisó que los tormentos no son delitos continuados en el sentido dogmático, sino fáctico, ya que se trata de una continuidad de otro delito como el de privación ilegal de la libertad. Pelazzó al igual que su par Snopek le solicitó al Tribunal que se rechace el planteo de nulidad.

La abogada querellante en la causa Aredez, María José Castillo, por otra parte, adhirió a lo expresado por el Ministerio Público Fiscal, consideró que carece de fundamentos el pedido de nulidad y consideró que no se provoca ningún agravio al imputado. Por otra parte, la Dra. Castillo rechazó el cuestionamiento de la defensa de Vargas a la autonomía de la querella y en tal sentido explicó que la jurisprudencia ha querido garantizarle a la querella que representa a las víctimas, el ejercicio efectivo del derecho de acceso a la justicia y de tutela de justicia efectiva.

Vale aclarar que la Defensa de Vargas sostuvo ayer que la querella no tendría facultades para ampliar la acusación. A propósito la Dra. Castillo precisó que si bien el Código no le reconoce específicamente esa función, tampoco la limita, pero además –destacó-  “la jurisprudencia fue ampliando las facultades para que las querellas puedan tener una participación mayor”.

En este contexto, recordó que en los viejos códigos que sostenían el sistema inquisitorio, el juez tenía un rol central, pero con el cambio de paradigma al sistema acusatorio “se les da más facultades a las partes para que dispongan del proceso”. De esta manera, se le fueron ampliando las facultades a la querella para que realice actos como la ampliación de acusación.

Por otra parte, la abogada aclaró que el rol de la querella es autónomo y no adhesivo, como pretende la defensa de Vargas y explicó la participación de la querella de Aredez y su intervención en el pedido de elevación a juicio, que la defensa pretendió cuestionar.

Finalmente el querellante por la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación, el Dr. Juan Manuel Sivilia, adhirió a los fundamentos expresados por la Fiscalía, coincidió en rechazar el pedido de nulidad, consideró que el planteo estuvo mal realizado y fue extemporáneo. Cuestionó también que no se provoca agravio alguno, pero además indicó que la defensa no explicitó el supuesto agravio que acarrea el pedido de ampliación de la acusación. Consideró que las querellas han invocado una institución que garantiza el derecho de defensa del imputado, sostuvo la autonomía de las querellas y brindó fundamentos de la normativa supranacional y de jurisprudencia de órganos regionales. El Dr. Sivila, además recordó que en la audiencia anterior se señaló puntualmente los casos por los cuales amerita que se le añada a la acusación contra Vargas el delito de tormentos, como las condiciones de detención.

Después de escuchar a las partes y tras un cuarto intermedio, el Tribunal Oral Federal dio a conocer una resolución firmada por los jueces Casas y Juárez Alamaraz, por la cual denegaron un recurso de casación interpuesto por la defensa de Bulgheroni, el Dr. Rodríguez Vega, contra un miembro del cuerpo.

Además, el TOF dio lectura a una resolución de la Cámara de Casación Penal que hizo lugar a un recurso interpuesto por la defensa de Braga que cuestionó la suspensión de la prisión domiciliaria, tras el incidente que protagonizara el imputado en oportunidad de la testimonial de Adriana Aredez, hija de los míticos dirigentes Luis Arédezx y Olga Márquez de Arédez.

Vale recordar que cuando brindaba su testimonio ante el tribunal, Adriana Aredez escuchó un agravio que le propinó Braga desde el banquillo de los acusados. Ante esta situación que fue detectada también por asistentes al juicio, la querella de Arédez solicitó la suspensión de la prisión domiciliara, que fue otorgada por el tribunal de manera que Braga desde entonces cumple con prisión común en la penitenciaría federal.

Esa decisión del tribunal fue cuestionada por su defensa ante Casación que le concedió el recurso y solicitó al TOF que dicte una nueva resolución. El Tribunal no pudo hacerlo aún, debido a que no ha recibido las actuaciones que debe remitir Casación. Ante esta situación, el defensor de Braga requirió que se le restituyera la prisión domiciliara, pero el tribunal desestimó el pedido, atendiendo que en un plazo breve deberá expedirse nuevamente sobre el tema.

La próxima audiencia se cumplirá el jueves próximo, a partir de las 9:00, en la sede de la Secretaría Electoral Federal, ubicada en la intersección de San Martín y Ramírez de Velazco. Las audiencias son públicas y para participar las personas interesadas, solo deben acreditarse en ese mismo lugar, el día anterior, ante la Secretaría de Derechos Humanos del TOF que ejerce la Dra. Paola Sirena. “El juicio es de todos, la justicia será un logro de todos” recordaron los organismos de derechos humanos.

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