Jujuy al día® – Numerosos vecinos de Bº El Sauzal solicitaron en la institución la intervención del Defensor del Pueblo de la Provincia de Jujuy, ante las autoridades competentes que correspondieran, con motivo de los reiterados y continuos cortes del servicios de agua potable.
Los vecinos manifestaron que desde hacia tiempo se realizaban diferentes cortes del servicio de agua y que ocasionalmente un camión de provisión de agua asiste al mencionado lugar siendo insuficiente su provisión por lo que deben recurrir a extraer agua del canal que atraviesa la entrada del barrio, agua que no es apta para el consumo humano. También declaraban el problema de la presión y la existencia en los distintos sectores del barrio de cañerías de plomo que se encuentran casi expuestas o rotas, corroídas y que datan del año 1950 situación que incide el servicio deficiente ocasionando innumerables inconvenientes a los usuarios de tal servicio.
Por todo eso, el Defensor del Pueblo originó una investigación que le permitió emitir la Resolución Nº 0381 – DPJUJ- 12 recomendando a la empresa Agua de los Andes S.A. promueva de manera urgente todas las acciones necesarias y conducentes a fin de garantizar la continuidad, regularidad, calidad y generalidad del servicios de agua potable asegurando su eficiente prestación a los vecinos del barrio en cuestión, tal como lo indican las leyes vigentes. También recomienda a la empresa arbitre todas las medidas necesarias a fin de que efectivice el recambio de las cañerías en el Barrio con la finalidad de garantizar una adecuada prestación del servicio de agua potable.
Por otra parte, también, a través de la Resolución emitida, recomienda y advierte a la empresa prestataria del servicio de agua potable y a la Superintendencia de Servicios Públicos y otras Concesiones (SU.SE.PU.) que en razón de las irregularidades observadas en las condiciones de prestación del servicio, se abstenga de aplicar el nuevo cuadro tarifario a las cuentas con el sistema de renta fija hasta tanto se proceda a la instalación de los medidores de caudal, evitando el cobro de un servicio no prestado.
En otros de los artículos del documento emitido por el Ombudsman de la provincia de Jujuy, recuerda y recomienda a la Superintendencia de Servicios Públicos y otras Concesiones (SU.SE.PU.) ordene a la Empresa ADLA S.A. dé efectivo cumplimiento al Marco Regulatorio para la Concesión de los Servicios Públicos de Agua Potable y Saneamiento de la Provincia de Jujuy, prestando el servicio de manera continua, regular, uniforme, suficiente y en condiciones adecuadas; recordar además la plena vigencia del Convenio suscripto en fecha 12/10/11 entre la empresa ADLA S.A. y el Ingenio Río Grande S.A.C.A.A. e I., con la finalidad de dar cumplimiento íntegro con el mismo para garantizar la provisión del servicio de Agua Potable en la Localidad de la Mendieta;
También insta los trámites correspondientes, a los fines de firmar los Convenios con el ENHOSA para que se ejecute la obra “Red de agua potable para barrio el Sauzal – la Mendieta”; conforme lo establecido en el Art. 5º de la Ley Nº 4937.