Ayudando al turismo de Jujuy: 7 mil turistas denuncian a la Comisión Municipal de Pampa Blanca por el cobro de supuestas infracciones de tránsito

Jujuy al día® – Los montos pretendidos por la Comisión Municipal de Pampa Blanca, en concepto de infracciones por fotomultas sobre Ruta Nacional N° 34, ascienden a montos que van de $ 1.976 a $ 2.406, y en algunos casos montos que duplicarían los descriptos.

Numerosos visitantes provenientes de diferentes puntos del país como Santa fe, Salta, Tucumán, Buenos Aires, Córdoba, Entre Ríos y otras, denuncian que fueron víctimas de la supuesta ilegal aplicación del sistema de fotomultas, llamadas también “multas” o “boletas voladoras” realizadas en la Ruta Nacional N° 34 por la Comisión Municipal de Pampa Blanca. Sobre el particular, el Defensor del Pueblo de Jujuy ha recepcionado durante los últimos meses más de 7000 quejas realizadas por distintos medios, de usuarios sorprendidos en su buena fe. A ello hay que agregarle las denuncias derivadas por el Defensor del Pueblo de la Nación como de la mayoría de los Defensores provinciales y municipales del país.

Lo llamativo de esta nueva escalada de infracciones de fotomultas o “boletas voladoras” por parte de la Comisión Municipal de Pampa Blanca sobre la Ruta Nacional N° 34, es que las mismas están dirigidas únicamente a los turistas o a aquellos ciudadanos que transitan permanentemente por dicha ruta y que no residen en la provincia de Jujuy. Casos también sorprendentes son las notificaciones cursadas a personas que nunca transitaron por esta Provincia o que ya no son titulares del vehículo haciendo aparecer como infractor a un vehículo que supuestamente no lo es. A priori, dicho sistema utilizaría el mismo mecanismo que empleara hace dos años atrás.

Algunas de las quejas o denuncias realizadas por los turistas detallan la ausencia de señalización necesaria para identificar los límites permitidos, como así también ausencia de aviso de la presencia de supuestos radares.

Se quejan también de que no aceptan la tolerancia permitida en las leyes nacionales de tránsito.

Teniendo en cuenta el lugar de origen del damnificado y que la única manera de realizar los descargos correspondientes es por la vía postal, los denunciantes manifiestan que en muchas oportunidades sus descargos son devueltos porque en el domicilio citado por la Comisión Municipal nunca hay personal que reciba la correspondencia, venciéndose en consecuencia el plazo otorgado. En muchos casos los supuestos infractores reciben por carta simple una notificación de última oportunidad previa al juicio, sin haber recibido con anterioridad aviso alguno. Ante eso, también se quejan de que se les niega el derecho de la extensión de jurisdicción para realizar el derecho a defensa de la supuesta infracción.

Ante los nuevos hechos denunciados, el Ombudsman provincial, continuará con las investigaciones del caso con el fin de determinar si las multas recibidas por los usuarios perjudicados cumplen con las normas nacionales y/o provinciales y con el objeto de garantizar el derecho a defensa que tiene cada supuesto infractor, además de tratar de que el objetivo de dichos controles cumplan con el objetivo que marcan las leyes, que es la PREVENCIÓN Y NO LA RECAUDACIÓN. Por lo tanto, próximamente emitirá la resolución pertinente con la opinión fundada sobre el tema, los pasos a seguir al respecto y realizará las denuncias ante quien corresponda si así correspondiere.

 

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