Jujuy al día® – La Dirección Provincial de Control Agropecuario Industrial y Comercial informó que es necesaria y obligatoria la colaboración de los comerciantes en brindar los datos necesarios para la identificación fehaciente del comercio inspeccionado, según normas establecidas en las Leyes Nacionales Nº 20680, Nº 22802 y Nº 19511.
De obstaculizarse la labor del inspector con relación a la identificación del comercio, los mismos se harán pasibles a multas de montos mayores a las normales ya que generan costos adicionales para su identificación mediante otras vías por lo que se solicita la mayor colaboración para beneficio de todos.
El inspector actuante, identificado por su credencial y al servicio de la Dirección se encuentra facultado a inspeccionar y requerir cualquier documentación relativa a la misma y tiene acceso a cualquier local comercial pudiendo requerir el auxilio de la fuerza pública.
El trabajo de inspección se realiza para proteger al consumidor ya que se permite la compra o adquisición de servicios al mejor precio (exhibición de los mismos), tener garantías por su compra (facturas), y recibir el peso, volumen o medida exacta de lo comprado (control de balanzas, productos fraccionados, combustibles, etc.).